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María del Carmen Nava Polina, Comisionada del INFO CDMX, aseguró que para lograr beneficios de salud pública, una mejor calidad de vida y del medio ambiente, es crucial invertir en aguas residuales y otras infraestructuras de saneamiento.
El Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) debe entregar información relacionada con la instalación de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Particular, como son el trámite realizado, ante qué autoridad, el fundamento legal para avalarla, los requisitos y el tiempo para la autorización de su instalación, así lo instruyó el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX).
Durante la trigésima quinta Sesión Ordinaria del Pleno del organismo garante capitalino, el colegiado modificó la respuesta de dicha institución e instruyó turnar la solicitud de información a su Dirección de Hidrometría y Gestión de la Operación; Subdirección de Telemetría; Dirección de Operación de Drenaje, Tratamiento y Reúso; Subdirección de Tratamiento y Reúso, y JUD de Tratamiento; además deberá orientar a la persona sobre la presentación de su solicitud de información ante la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA). La nueva respuesta deberá ser emitida en un plazo máximo de 10 días hábiles.
De hecho, la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina posicionó este recurso de revisión interpuesto en contra de SACMEX, identificado con el número de expediente INFOCDMX/RR.IP.3908/2024.
Al exponen el caso, la Comisionada señaló que actualmente, de acuerdo con información del Módulo de Agua Potable y Saneamiento del Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoriales de México, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la Ciudad de México cuenta con 26 plantas de tratamiento de aguas residuales, de ellas, 22 son operadas por SACMEX y 4 que están concesionadas. Sin embargo, “son pocas si se comparan con las 151 que tiene Puebla, 130 de Jalisco o 125 del Estado de México”, expresó Nava Polina.
En el recurso en mención, una persona solicitó saber respecto a la Instalación de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Particular (PTAR): el trámite, fundamento legal, la autoridad ante la que se tramita, requisitos, el tiempo para su autorización y las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Técnicas Complementarias, Normas de la Ciudad de México, Normas Ambientales que la regulan.
En su respuesta, el sujeto obligado sólo contestó sobre la normativa y manifestó no contar con atribuciones para responder los demás cuestionamientos, además de señalar a otra de sus unidades administrativas con las facultades para hacerlo.
Lo que motivó a la persona solicitante a presentar un recurso de revisión ante el INFO CDMX porque a su consideración, recibió una respuesta incompleta, ya que la búsqueda de lo solicitado no se efectuó en todas las unidades administrativas de SACMEX que cuentan con atribuciones para responder.
Después del análisis realizado por la ponencia de la Comisionada se determinó que la queja era fundada, ya que las normas que regulan las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales son de carácter tanto nacional, general y local, por lo que existe una concurrencia de competencias; el sujeto obligado capitalino sí cuenta con atribuciones, con base en la Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la CDMX, para proporcionar la información solicitada. Además, debió haber orientado a la persona para que presentara su solicitud ante la CONAGUA, lo que no sucedió, detalló la Comisionada.
Este caso es relevante -dijo- porque permite abordar el tema de la crisis de agua a nivel mundial; “en la Ciudad de México, más de 40% del agua que consumimos proviene de fuentes lejanas y una parte importante de los hogares no cuenta con acceso continuo y seguro. De acuerdo con datos de SACMEX, 26% de la población no recibe cantidad suficiente y 15% no cuenta con el servicio diario. Además, 1.8 millones de personas sólo pueden acceder al agua mediante tandeo. Las alcaldías que tienen menor presión para recibir agua son: Cuauhtémoc, Benito Juárez, Iztacalco y Venustiano Carranza”.
Las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales juegan un rol vital en el manejo sostenible y disposición efectiva del agua residual generada por la población y las actividades industriales; para ser reutilizada debe llevar un tratamiento físico, biológico y químico; este proceso protege la salud pública, previene daños a la biodiversidad y colabora activamente en la lucha contra el cambio climático, precisó la Comisionada.
Nava Polina, aseguró que “en el mundo, 80% del agua residual se vierte al medioambiente sin haber recibido un tratamiento adecuado. En esta época en la que 36% de la población mundial vive en regiones donde el agua es un bien escaso, ya no debe considerarse a las aguas residuales como un residuo, sino más bien como un recurso”.
Para lograr beneficios de salud pública, una mejor calidad de vida y de medio ambiente, es crucial invertir eficientemente en aguas residuales y otras infraestructuras de saneamiento, enfatizó.