Por Eréndira Aquino | Animal Político
En días pasados, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) clasificó por tres años la información de los análisis a las muestras de agua contaminada que se realizaron en la alcaldía Benito Juárez, aunque de acuerdo con la normativa en materia de transparencia, estos datos tendrían que ser abiertos y accesibles para toda la población.
María del Carmen Nava, comisionada del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (InfoCDMX), explicó que “lo importante en el tema de la calidad del agua es que nos habilita también el derecho a la salud; en derechos humanos se relacionan unos con otros, por ende, garantizar su totalidad es indispensable para la vida de las personas, y en el caso mexicano tenemos 34 leyes que establecen que la calidad del agua se debe transparentar sin que tengan que solicitarla”.
De acuerdo con la comisionada, esta información debe ser “abierta, accesible y actualizada por parte de las instituciones públicas responsables del que nos llegue agua potable, es un derecho humano que tiene que ser garantizado”.
InfoCDMX analiza recursos de revisión por clasificación del SACMEX
Nava comentó que el InfoCDMX ya se encuentra analizando los recursos de revisión interpuestos contra la decisión del SACMEX de reservar los documentos con la información de los análisis de más de 4 mil tomas de agua que se hicieron en domicilios con reportes de mala calidad.
“Como garante de la Ciudad de México, en el InfoCDMX tenemos ya varios recursos de inconformidad sobre esa clasificación, cuya resolución podría tardar hasta 40 días hábiles, y actualmente estamos en el periodo de alegatos, que dura 7 días, donde se pregunta a las partes involucradas si se llega a un acuerdo donde la institución pública proporciona la información”, agregó.
La comisionada afirmó que en muchos casos ocurre que en el periodo de alegatos se llegue a acuerdos entre las partes involucradas, “lo que termina con un sobreseimiento, justo porque la persona pudo tener la información antes incluso de que el Pleno del InfoCDMX resolviera”.