Acuerdo de transferencia de archivos de sindicatos

Posicionamiento sobre el Acuerdo de Transferencia de Archivos de Sindicatos

Agradezco la exposición. Anuncio que emitiré un voto particular en contra del acuerdo que propone que éste órgano garante —todavía autónomo conforme a la Constitución y a la legislación local vigente— suscriba convenios con autoridades federales para la transferencia de archivos. 

Hace unos meses, autoridades centralizadas de la administración pública federal adquirieron el carácter de garantes de la transparencia y de acceso a la información conforme a las atribuciones de la nueva Ley General de Transparencia. Esta reforma, aunque significativa, sigue planteando interrogantes sobre los alcances reales de las nuevas competencias federales y los límites de la coordinación interinstitucional.

Comparto las reflexiones que me llevan a no acompañar este acuerdo.

1. Respecto a la reforma constitucional y legal sobre el nuevo marco jurídico de la transparencia y acceso a la información junto con la materia de protección de datos personales en todo el país, los órganos garantes locales, como este INFO CDMX, deben seguir operando con la autonomía que otorga la Constitución local y la Ley en la materia, y en consecuencia de lo dispuesto por el Constituyente Permanente.

Así será hasta el momento en que el Congreso de la Ciudad apruebe la armonización jurídica y nos extinga formalmente como institución autónoma. Conforme a lo que determinen las personas diputadas, comenzarán a operar las nuevas entidades responsables, como lo establece el artículo transitorio décimo noveno del Decreto del 20 de marzo de 2025, que refiere que: “Hasta en tanto las legislaturas de las entidades federativas, emitan legislación para armonizar su marco jurídico conforme al presente Decreto, los organismos garantes de las mismas continuarán operando y realizarán las atribuciones que le son conferidas a las Autoridades garantes locales, así como a los órganos encargados de la contraloría interna u homólogos de los poderes legislativo y judicial, así como los órganos constitucionales autónomos de las propias entidades federativas en la presente Ley”.

2. No podemos olvidar que la Ciudad de México es parte del pacto federal que establece que es libre y autónoma en lo concerniente a su régimen interior, organización política y administrativa, como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y nuestra Constitución Política local. No podemos vulnerar el pacto federal y ejecutar instrucciones de instituciones federales, cuando aún el Congreso local no ha determinado la operación de estas materias, a través de las futuras reformas.

3. Esto es, al continuar con autonomía, gozamos de todas y cada una de las facultades y atribuciones que nos da el marco constitucional y local. Esto incluye la competencia sobre los asuntos de todos los sujetos obligados, que son 154, entre ellos los 22 sindicatos que hace referencia la propuesta de Acuerdo que acerca quien preside este Instituto. Como autoridad colegiada decidir en contrario, sería desacato al mandato del Constituyente Permanente; sería abdicar de las funciones que nos encomiendan las constituciones y leyes referidas, hasta en tanto la legislatura de la Ciudad de México, determine lo conducente.

 

 

4. Como hice de conocimiento de este colegiado, a través de las notas informativas enviadas los días 4 y 21 de abril, así como el oficio MX09.INFOCDMX.CCD.C2.8.883.2025, del 27 de mayo, considero que si bien, la nueva Ley General de Transparencia señala que los sindicatos serán competencia del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral así como del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, la reforma no instruyó a que los garantes autónomos locales debamos traspasar nuestros asuntos de los sindicatos antes de que el Congreso local armonice el marco legal, por lo que se debe respetar el ejercicio de la aún existente autonomía.

Las instituciones del ámbito federal no tienen atribuciones de instruir a las instituciones locales, pues contraviene el pacto federal. El Congreso de la Ciudad de México es quien debe determinar la ruta legal y constitucional que se dará para la atención de los derechos humanos a saber y a la privacidad. 

5. Nuestro marco jurídico local tampoco nos faculta para realizar una transferencia de competencia, por lo que el hacer un convenio para tal efecto no tiene sustento legal, ya que las instituciones públicas solo podemos hacer lo que expresamente permiten nuestras normas. 

6. Desde mi perspectiva, esta propuesta de Acuerdo para suscribir convenios, representa una cesión anticipada de atribuciones. En su momento, conforme al nuevo marco jurídico que determine el Congreso de la Ciudad, la transferencia debería ser facultad de las nuevas instituciones responsables de garantizar estos dos derechos humanos. Solo así se puede garantizar certeza y legalidad en los actos que se emprendan.

7. En mi consideración, este acuerdo surge de una lectura e interpretación erróneas. Si cedemos la competencia como autoridad colegiada sobre algunos sindicatos como lo propone el acuerdo expuesto, incurrimos en desacato, en responsabilidad, ya que no existe fundamento jurídico local que nos permita distinguir entre unos sujetos obligados y otros. Al día de hoy, como autoridad tenemos competencia sobre todos los sujetos obligados que están en nuestro padrón y no podemos dejar de conocer sobre alguno de ellos. 

8. Aunado a lo anterior, se requiere privilegiar el principio pro persona, y actuar de la manera en que más les beneficie.

Destaco que el trabajo archivístico no es un tema menor ni una tarea meramente administrativa; es una función estratégica, directamente vinculada con la garantía de los derechos humanos, la preservación de la memoria institucional y el fortalecimiento del control democrático, ya que sin archivo no hay memoria.

Por esa razón, cualquier convenio en esta materia debe estar precedido por un proceso riguroso: diálogo público, diagnósticos técnicos, consultas especializadas y un marco normativo claro que otorgue certeza jurídica y operativa. Saltarse estos pasos compromete no sólo la calidad técnica del acuerdo, sino su legitimidad democrática.

 

 

Además, preocupa que esta decisión se pretenda adoptar sin mecanismos claros de evaluación, sin metodologías definidas para garantizar la protección integral de los archivos, y sin garantías de que se respetarán principios fundamentales como la accesibilidad, integridad, preservación y rendición de cuentas, que deben regir todo proceso de transferencia documental.

En este contexto, hago un llamado a que este órgano colegiado actúe con plena responsabilidad institucional y visión de largo plazo. No debemos precipitar decisiones que puedan debilitar la autonomía de nuestro órgano ni erosionar las funciones constitucionales que nos fueron conferidas. Esperemos que estas decisiones sean tomadas por la nueva autoridad garante una vez aprobadas las reformas por el órgano legislativo de la capital del país.

Por estas razones, en el INFO debemos respetar los tiempos legales y esperar a que el Congreso local apruebe la armonización en nuestras materias, y no realizar acciones que nos deslinden de los sujetos obligados sobre los cuales aún tenemos competencia. Aunado a esto, no podemos estar de acuerdo en una clara invasión de competencias del orden federal pero no solo sobre las que tenemos en el INFO por pretender conocer los asuntos que aún están en nuestra esfera de competencia, sino también del Congreso de la Ciudad de México ya que debemos esperar a que éste emita la normatividad que regule las materias que hasta ahora competen al InfoCdMx.

Nuestro mandato no es administrativo: es constitucional. Estamos aquí para garantizar el derecho de acceso a la información desde una perspectiva de Estado, no subordinada a coyunturas políticas ni presiones externas. Defender archivos accesibles, íntegros y confiables no es un acto de voluntad, es una obligación legal, hasta este momento.

La legalidad, la integridad y la claridad en el ejercicio de nuestras atribuciones son pilares de la confianza pública. Toda acción de este órgano debe responder al marco normativo vigente y respetar los principios de autonomía, certeza y transparencia. Ese es el compromiso que asumimos al ser designadas como garantes del derecho a saber. Y ese debe seguir siendo el eje rector de nuestro trabajo institucional.

Es cuanto.

En alcance sobre este tema me fue solicitado por la Secretaría Técnica del Info la entrega de un expediente sobre un recurso de revisión relacionado con el sindicato del Sistema de Transporte Colectivo Metro.

Respondí la solicitud y mis consideraciones las puedes consultar en el oficio correspondiente.

 

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