- Con información, las personas podrán exigir a quienes sean responsables de la mayor cantidad de gases de efecto invernadero para garantizar el derecho a un ambiente sano: María del Carmen Nava Polina.
La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda deberá entregar a una persona solicitante, el expediente de las medidas de mitigación urbana que se han determinado para los edificios que ha construido el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey (Tec de Monterrey) para su predio ubicado en Anillo Periférico en la Alcaldía de Tlalpan.
Así lo determinó el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX) durante la vigésima sesión ordinaria, donde se aprobó por unanimidad una resolución proyectada por la ponencia de la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina.
Al posicionar el expediente del Recurso de Revisión número INFOCDMX/RR.IP.1698/2022, explicó que una persona solicitó a la SEDUVI, copia del expediente con las medidas de mitigación para la construcción de los edificios del Tec de Monterrey en su campus Ciudad de México.
En respuesta la Seduvi, cambió la modalidad de entrega de lo solicitado a la de consulta directa, por lo que la persona se inconformó con la respuesta e interpuso un recurso de revisión ante el INFO CDMX, en el que señaló como agravio, la falta de fundamentación y motivación en el cambio de modalidad en la entrega de la información.
La Comisionada Nava Polina detalló que al analizar el caso, se comprobó que efectivamente, el sujeto obligado no justificó su determinación sobre el cambio de modalidad en la entrega de la información, solo se limitó a invitar a la persona solicitante a presentarse en sus instalaciones para acceder a la información.
Tampoco se advirtió que el sujeto obligado, hubiera ofrecido otras modalidades de entrega, como podrían ser las de: facilitar copia simple o certificada de la información, así como su reproducción por cualquier medio disponible en las instalaciones del sujeto obligado o que, en su caso, aportara el solicitante.
Por lo anterior, Nava Polina propuso al Pleno revocar la respuesta de la Secretaría e instruir para que turne de nueva cuenta a sus unidades administrativas que resulten competentes, en especial a su Dirección de Gestión Urbanística, para que emitan una nueva respuesta.
Así mismo, propuso dar vista a la Secretaría de la Contraloría General, respecto a la falta de atención integral por parte del sujeto obligado por no enviar las información que fue requerida por la ponencia de la Comisionada.
Nava Polina destacó que cuando se habla de mitigación, se refiere a la intervención humana para reducir las fuentes de emisión de gases de efecto invernadero, así como manejar la captura natural o industrial de los sumideros de estos gases.
Añadió que en México, del total de las emisiones, 64% corresponden al consumo de combustibles fósiles. Otro dato relevante es que, según el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, la Ciudad de México -junto con el Estado de México- generan la mayor cantidad de emisiones de metano por residuos sólidos.
La Comisionada señaló que, independientemente del uso de suelo que se le da a los inmuebles, la construcción de edificios conlleva un impacto urbano y ambiental, lo que requiere a su vez de medidas de mitigación.
“Con información, las personas podrán exigir medidas de mitigación a quienes sean responsables de la mayor cantidad de emisiones de gases de efecto invernadero, para con ello, garantizar el derecho a un ambiente sano. Además, la información es fundamental durante la etapa de prevención en una gestión integral del riesgo”, puntualizó.