Aspectos relevantes sobre la actualización del Padrón de sujetos obligados de la Ciudad de México
- La actualización del Padrón de Sujetos Obligados se realiza en el marco de la atribución que el Reglamento Interior del INFO le confiere a la Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación (DEAEE) en el artículo 22 fracción XVI del Reglamento Interior del Instituto.
- La actualización previa del Padrón de SO se efectuó el 4 de noviembre de 2021, mediante Acuerdo 1883/SO/04-11/2021 del Pleno del Instituto.
- La actualización que se pone a consideración de este Pleno era necesaria debido a que un sujeto obligado es de reciente creación y algunos de los partidos políticos que participaron el proceso electoral de junio pasado no alcanzaron la votación necesaria para mantener el registro y se encuentran en proceso de extinción para seguimiento de las autoridades electorales.
- Por otra parte, se extinguió el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, organismo público desconcentrado, para dar lugar al Consejo de Evaluación de la Ciudad de México como órgano autónomo constitucional, responsable de evaluar la política social en su conjunto, así como a los diferentes programas que la integran.
- El proyecto de actualización del Padrón propone la desincorporación de 5 SO y la incorporación 1 SO como a continuación se señala:
- Se desincorporan:
- Partido Equidad, Libertad y Género
- Partido Encuentro Solidario
- Redes Sociales Progresistas
- Fuerza Social por México (Actualmente Fuerza México
- Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México.
- Al respecto de la desincorporación de los partidos políticos, es necesario señalar que, aunque de aquí en adelante no sean sujetos obligados a las leyes de transparencia, estos deben procurar la memoria y el archivo de toda la documental generada y de sus obligaciones de transparencia.
- Se incorpora a:
- Consejo de Evaluación de la Ciudad de México.
- Esto significa que el Padrón pasará de 150 a 146 SO y en su composición por ámbito sería la siguiente:
Ámbito | Antes 150 SO | Después 146 SO |
Administración central | 21 | 21 |
Desconcentrados, descentralizados, auxiliares, y paraestatales | 51 | 50 |
Fondos y Fideicomisos | 16 | 16 |
Alcaldías | 16 | 16 |
Poder Judicial | 2 | 2 |
Poder Legislativo | 2 | 2 |
Órganos autónomos | 8 | 9 |
Partidos Políticos | 11 | 7 |
Sindicatos | 21 | 21 |
Personas físicas o morales que ejercen recursos públicos o realizan actos de autoridad | 2 | 2 |
- Se otorga un plazo de sesenta días hábiles al sujeto obligado que se incorpora al Padrón, para que se realicen las acciones necesarias para empezar a cumplir con todas las disposiciones que establece la normativa de la materia.
- El Instituto, en el ámbito de sus atribuciones y a través de todas sus unidades administrativas, llevará a cabo las acciones necesarias con el objetivo de dar asesoría y seguimiento a los sujetos obligados que se integran al Padrón de SO.