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Heroico Cuerpo de Bomberos debe informar sobre sus cuentas bancarias

Sujeto Obligado: Heroico Cuerpo de Bomberos

Recurso: RR 1202/19

Sentido de la resolución: Revocar a efecto de que el SO entregue la información solicitada.

Ponencia: MCNP

Pidieron conocer en copias simples las cuentas bancarias que utiliza, instituciones bancarias con las que se encuentran registradas, incluidas las cuentas de inversión

En respuesta clasifica la información como reservada.

En su recurso de revisión, se inconforma porque no le entregaron acta del Comité de Transparencia correspondiente esta solicitud en que se clasificó la información; también impugnó la clasificación con base en el criterio 11/17 del INAI en el que establece que las cuentas bancarias de los sujetos obligados son información pública.
Sobre este tema me gustaría señalar dos cosas:

1. Relacionado con el procedimiento clasificación de la información, la Ley de Transparencia señala:

Artículo 173. En los casos en que se niegue el acceso a la información, por actualizarse alguno de los supuestos de clasificación, el Comité de Transparencia deberá confirmar, modificar o revocar la decisión.

Artículo 174. En la aplicación de la prueba de daño,el sujeto obligado deberá identificar cómo:

I. La divulgación de la información representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público; II. El riesgo de perjuicio que supondría la divulgación supera el interés público general de que se difunda, y

III. La limitación se adecua al principio de proporcionalidad y representa el medio menos restrictivo disponible para evitar el perjuicio

Asimismo, el Criterio INAI 11/17 señala que: “Las cuentas bancarias y/o CLABE interbancaria de sujetos obligados que reciben y/o transfieren recursos públicos, son información pública. La difusión de las cuentas bancarias y claves interbancarias pertenecientes a un sujeto obligado favorece la rendición de cuentas al transparentar la forma en que se administran los recursos públicos, razón por la cual no pueden considerarse como información clasificada.”

En ese sentido, la Ponencia considera:

2. Conocer sobre las cuentas bancarias, está relacionado con el uso de recursos públicos y el presupuesto que maneja el sindicato de bomberos. En ese sentido, cabe recordar que:

Las cuentas bancarias que administra el sindicato de Bomberos en la Ciudad de México, continuarán bloqueadas a los líderes sindicales por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

En ese sentido, transparentar las cuentas bancarias, no sólo es un ejercicio para abrir información de interés público, sino que es un mecanismo fundamental para la rendición de cuentas.

 

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