Día Internacional de la protección de datos personales 2025
El 28 de enero es el día exacto en que se conmemora la protección de datos personales y me gustaría hacer una referencia a cual es el origen y a dar dos ejemplos sobre como podemos divulgar esa protección de datos personales.
En primer lugar, el 28 de enero se conmemora la firma del Convenio 108 del Consejo de Europa que fue el primer tratado internacional en materia de protección de datos, originalmente suscrito por países europeos y finalmente el resto del mundo lo adoptó y, por supuesto, ratificado por México.
Hay un par de ejemplos que me gustaría dar sobre todo en cómo podemos proteger los datos personales en materia de salud. Para quienes desconocen esta materia de cómo proteger los datos personales, tendría que ser tan natural como voltear a la salud, observar nuestra clínica, nuestro expediente médico, y que fuera una reacción inmediata el saber cómo protegerlo. Por una parte, utilizando el lenguaje claro y sencillo, solventando el derecho a entender de las personas sobre los datos personales, una buena práctica por ejemplo la encontramos en Australia. En este país, crearon de manera conjunta con el comisionado de información y el gobierno australiano, una guía que contribuye al derecho a entender a las personas respecto a los conceptos relacionados con los datos personales y su protección dentro del derecho a la salud.
Los invito a darle una revisión porque cuando estábamos en el cambio de administración en el país, la decisión para responsabilizarse de proteger los datos personales puede hacerse a través de estas guías. La australiana es un muy buen ejemplo.
Otro ejemplo es lo realizado durante la pandemia de covid-19, tomado de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
A mediados de abril del 2020 en Argentina, Australia, Canadá, Finlandia, Francia, Alemania, Holanda, Nueva Zelanda, Polonia, Eslovaquia, Suiza y Reino Unido, se publicaron lineamientos generales para controlar y procesar los datos sobre la aplicación de las leyes de protección de datos y privacidad durante la crisis de la pandemia. Este documento de la OCDE también es una muy buena práctica y que se puede llevar a cabo aprovechando la transición constitucional donde las distintas legislaturas han determinado que el ejercicio y la garantía de estos derechos humanos, a saber y a proteger los datos personales, va a recaer en distintas instituciones del estado que no serán los garantes del acceso a la información pública y protección de datos que hasta ahora conocemos.
Me interesa mucho hacer de su conocimiento estas dos buenas prácticas para que se puedan apropiar de ellas y entonces las autoridades que son responsables del bienestar público y social puedan tener elementos de actuación que sean concretos, a base de difusión de comunicaciones indispensables y a través de la división o segmentación del público al que vamos a hablar ¿cuáles son nuestras audiencias?
En la medida en que podamos diferenciar si le vamos a hablar a niños y niñas, a la adolescencia, a personas adultas mayores, en esa división y pluralidad de personas ¿cómo les vamos a hacer llegar la difusión desde las diferentes autoridades de proteger los datos personales?
Así que tenemos este gran reto no solo de garantizar este derecho humano a la privacidad, sino también ¿cómo vamos a pedir que se garantice? Hemos visto distintos ejemplos a lo largo de los años y sobre todo de los últimos, donde la filtración de datos personales a través de redes sociales ha llevado a consecuencias catastróficas de perder la vida, porque alguien asesinó a la persona que divulgó los datos personales y ese es un caso que vivimos en la Ciudad de México hace algunos años.
Entonces creo que debemos tomar en serio esta protección de datos y también la exigencia por parte de la sociedad es indispensable y que este foro aporte en ese sentido.
Muchas gracias.