Posicionamiento relativo a la resolución del expediente INFOCDMX/RR.IP.0078/2025
Antecedentes del caso
Con el gusto de saludar a todas las personas que dan seguimiento al trabajo de este colegiado, me permito hacer la exposición del recurso 0078/2025 acerca de información solicitada a la Alcaldía Benito Juárez, respecto al permiso de funcionamiento de un local con venta de bebidas alcohólicas, así como el permiso para uso de la vía pública. La persona también solicitó información sobre el número de denuncias vecinales y nombres de personas servidoras públicas de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del sector de policía correspondiente.
La Alcaldía respondió que con relación a los permisos solicitados no se encontraron los mismos; que el número de denuncias corresponde al Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) de la misma Alcaldía, así como no contar con atribuciones para informar respecto a las personas servidoras públicas de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
La persona solicitante señaló no estar conforme con la respuesta que le dio la Alcaldía, pues a su parecer, la información requerida debería obrar en sus archivos.
Análisis de la ponencia
Con relación a los permisos del establecimiento mercantil, si bien es obligación de las personas propietarias de un negocio dar aviso o pedir permiso para el funcionamiento del mismo, pero que en caso de que no lo realice, en efecto no aparecerá en el padrón de establecimientos mercantiles, también es cierto que es obligación de la Alcaldía elaborar y actualizar el padrón respectivo, y hacerlo público a través de su portal.
Respecto a la utilización de vía pública para la colocación de enseres en los establecimientos con venta de alimentos, también se prevé que puedan hacerlo previo aviso y pago de los derechos respectivos. Esto implica necesariamente un registro de información.
La respuesta de la Alcaldía señala que su Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) es el área responsable de registrar posibles quejas, pero no turnó la solicitud de información al mismo.
Finalmente, en la parte de la solicitud relacionada con información a cargo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana la respuesta de la Alcaldía carece de fundamentación y motivación, ya que cuando una institución pública identifica que la información que le piden corresponde a otra institución o actor público, debe de canalizar la solicitud a quien la pueda tener, que en este caso no fue turnada.
Relevancia
En nuestra Ciudad conviven diversos usos de suelo y actividades económicas: industriales, comerciales y de servicios. Existe un sustento legal que tiene como objetivo dar orden a esta pluralidad de actividades de tal forma que se logre una convivencia armónica. Los establecimientos mercantiles, aquellos cuya naturaleza es la compra-venta de bienes y la prestación de servicios como en el caso que nos ocupa, tienen una muy importante distinción entre los de bajo impacto y los de impacto vecinal y zonal. Los restaurantes son de impacto vecinal y por ello están sujetos a diversas disposiciones legales que no aplican a los de bajo impacto.
La regulación de estos establecimientos sobre aquellos lugares donde pueden operar, horarios de funcionamiento, permiso para venta de bebidas alcohólicas, uso de la vía pública y acciones en materia de protección civil tiene como objetivo hacer que sus actividades no provoquen molestias innecesarias o condiciones inseguras en zonas donde la mayor cantidad de inmuebles se utilizan para casa-habitación o tienen usos para sectores de población específico como escuelas u hospitales. Por lo anterior, que esta información se publique es un derecho para todas.
El tema de las “chelerías”, es decir, lugares con venta de botanas y cerveza, ha estado presente en los últimos años, ya que muchos son establecimientos que operan sin los permisos correspondientes. En septiembre del 2024, información en prensa indicaba que se tenía un promedio de 36 denuncias al mes contra este tipo de comercios. Mientras que en febrero de este 2025, autoridades del gobierno de la Ciudad llevaron a cabo operativos de verificación que concluyeron en la suspensión de 16 “chelerías” en las alcaldías de Coyoacán, Cuajimalpa y Tláhuac, tras la denuncia de venta de bebidas alcohólicas a personas menores de edad.
La integración de la información sobre los establecimientos mercantiles se realiza tanto por parte de la autoridad, como de las propietarias. Es cierto que la primera obligación sobre dar aviso o solicitar permiso de funcionamiento recae en las personas propietarias o administradoras de estos comercios, pero la Alcaldía también está obligada a recabar información sobre los establecimientos que funcionan en su demarcación. La Ley también señala que es atribución de la Secretaría de Gobierno el integrar, publicar y mantener actualizado el padrón.
Existen leyes y reglamentos que permiten que la alcaldía realice verificaciones y, en su caso, aplique medidas para el cumplimiento de las normas, observando siempre las formalidades de todo acto de autoridad, y también que atienda las quejas vecinales cuando se presentan. Todo ello forma parte del derecho a la buena administración pública estipulado en la Constitución Política de la Ciudad de México.
A nivel internacional, por ejemplo la Ciudad de Buenos Aires, Argentina publica las autorizaciones a los establecimientos comerciales, así como lo que llama locales bailables y de concentración masiva de personas, los actos de fiscalización en obras y comercios, permisos para eventos masivos y otra información relacionada. Todo en un solo sitio de internet y con archivos detallados de cada tema.
Se puede consultar en https://buenosaires.gob.ar/justicia/agencia-gubernamental-de-control
Propuesta de resolución al Pleno
Por lo anterior, se propone REVOCAR la respuesta de la Alcaldía Benito Juárez debido a que no realizó una búsqueda exhaustiva en sus unidades administrativas que tienen atribuciones y fue omisa en fundar, motivar, orientar y remitir la solicitud de información a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
Por lo que, la Alcaldía Benito Juárez deberá:
- Turnar la solicitud a su Dirección de Establecimientos Mercantiles y responder con relación a los permisos del establecimiento;
- Turnar la solicitud a su Centro de Servicios y Atención Ciudadana, para que dé respuesta respecto a las quejas vecinales del mismo establecimiento, y
- Remitir la solicitud de información a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, para que dé respuesta en lo correspondiente a las personas servidoras públicas de esa dependencia.
Por mi parte sería cuanto.
Muchas gracias.