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La gestión transparente y efectiva de estos recursos es fundamental para preservar la esencia de los espacios públicos y de las áreas naturales protegidas de la CDMX, precisó María del Carmen Nava Polina, Comisionada del INFO CDMX.
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Al no entregar la información que se le requirió, el sujeto obligado debe emitir otra respuesta en un plazo no mayor a 10 días.
El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX) instruyó a la alcaldía Cuajimalpa a entregar información relacionada con las razones por las cuales se encuentra bajo su resguardo el Ex Convento de las Carmelitas Descalzas, ubicado en el Desierto de los Leones, y no del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) o del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), así como cuántas fiestas se han autorizado en dicho espacio y el monto del cobro por el uso delas mismas, entre otras peticiones.
Durante la trigésima tercera sesión ordinaria de su Pleno, el órgano autónomo local instruyó a esa demarcación territorial a modificar la respuesta que entregó a una persona y emitir una nueva en un plazo no mayor a 10 días hábiles. También, llevar a cabo una búsqueda exhaustiva y razonable en sus unidades administrativas, en específico, en su Dirección General de Servicios Urbanos y en su Dirección General de Acción Social, Cultura y Deporte y dar respuesta a todos y cada uno de los cuestionamientos formulados en la solicitud.
Al posicionar el recurso de revisión interpuesto en contra de la alcaldía Cuajimalpa, identificado con el número de expediente INFOCDMX/RR.IP.3608/2024, María del Carmen Nava Polina, Comisionada Ciudadana del INFO CDMX, puntualizó que es de suma importancia garantizar la transparencia y el acceso a la información pública a los recursos de las alcaldías, especialmente a los que se denominan como autogenerados; esto puede contribuir a una mayor responsabilidad y rendición de cuentas por parte de las autoridades.
“La Ley Orgánica de las alcaldías les otorga la facultad de generar ingresos adicionales propios por concepto de aprovechamientos por el uso de bienes del dominio público que le estén asignados, como es en este caso el Ex Convento de las Carmelitas Descalzas; a estos recursos se les denomina ingresos de aplicación automática”, explicó.
En el recurso, que fue aprobado por unanimidad, una persona solicitó: “las razones por las cuales se encuentra bajo el resguardo de la alcaldía y no del INAH o el INBA el Ex Convento; si existe algún convenio de colaboración; cuántas fiestas ha autorizado la demarcación territorial en dicho Ex Convento, desglosado por mes, lo anterior, especificando datos como tipo de fiesta, fecha y horarios de realización, cantidad de asistentes y el cobro por el uso de las instalaciones, así como las medidas que se toman para proteger las áreas verdes, árboles y fauna de dicha área natural protegida y las instalaciones de dicho lugar.
En su respuesta, el sujeto obligado se limitó a señalar su incompetencia para dar respuesta a lo solicitado, lo que motivó que la persona presentara un recursos de revisión ante el INFO CDMX por considerar que la negativa de entregar la información careció de fundamentación y motivación.
Nava Polina detalló que de acuerdo al análisis realizado por su ponencia, se determinó que la queja era fundada, ya que la alcaldía Cuajimalpa sí es competente para dar respuesta a los cuestionamientos realizados. Por ello, la respuesta emitida careció de exhaustividad, fundamentación y motivación.
Añadió que la Ley Orgánica de las alcaldías establece que los ingresos autogenerados se destinarán preferentemente al mejoramiento de las instalaciones y al abastecimiento de insumos de los centros que den lugar a la captación de dichos ingresos. Además, las alcaldías de manera anticipada al cobro de los aprovechamientos, deberá publicar los montos en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
“Al revisar la Gaceta identificamos que la cuota establecida para la realización de eventos en el Ex Convento de las Carmelitas Descalzas, de acuerdo a lo establecido por la propia alcaldía, oscila entre los $15 mil 481 y los $46 mil 444 pesos, en función del tipo de evento y del número de personas asistentes. Este Ex Convento se ubica en una área natural protegida (ANP) definida como una zona del territorio nacional cubierta por ecosistemas originales que no han sido significativamente alterados por la actividad humana y requiere ser preservada por su estructura y función para la conservación de biodiversidad y servicios ambientales”, precisó.
Nava Polina explicó que en todo el territorio mexicano existen 536 áreas natural protegida en las que habita el 10% de la biodiversidad terrestre de todo el mundo; en la Ciudad de México hay 25 ANP, que representan el 13% de las que hay en todo el país.
La gestión transparente y efectiva de estos recursos es fundamental para preservar la esencia de los espacios públicos y de las áreas naturales protegidas de la CDMX, lugares emblemáticos de esparcimiento, cultura y cuidado del medio ambiente, añadió la Comisionada.
Asegurar el acceso oportuno y comprensible a esta información no sólo puede ayudar a prevenir actos de corrupción, sino que permite a las personas verificar el adecuado manejo de estos recursos y el cuidado del entorno, “por ejemplo, se podrían usar estos datos para contrastarlos con mejoras en la infraestructura y servicios del propio Ex Convento”, precisó.