Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

SOBSECDMX debe entregar copia del Manual de Funcionamiento de la CADROC

Posicionamiento relativo a la resolución del expediente del Recurso de Revisión número INFOCDMX/RR.IP.2168/2021.

    • Hago uso de la voz para exponer el recurso INFOCDMX/RR.IP.2168/2021 presentado en contra de la Secretaría de Obras y Servicios de la CDMX.
    • La persona solicitó copia del “Manual de Funcionamiento de la Comisión de Admisión de Directores Responsables de Obra y Corresponsables” (CADROC por sus siglas) e información sobre el vínculo a la página web oficial en la cual dicho Manual está publicado. 
    • La Secretaría de Obras y Servicios -quien es la instancia que preside el órgano colegiado CADROC- señaló ser incompetente y orientó a ingresar la solicitud de información al Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México y a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), quienes fungen como secretarios técnicos de dicha Comisión.
    • Del análisis y estudio realizado, se observa que, normativamente, la Secretaria es responsable y competente para emitir pronunciamiento respecto a la información solicitada y, en su caso, hacer entrega del referido Manual de Funcionamiento de la Comisión aludida, así como de ordenar su publicación en la Gaceta Oficial CDMX. Más allá de lo anterior, la información solicitada por la persona se trata de una obligación común de transparencia, la cual debe pública por oficio, según la fracción I del artículo 121 de la ley local en la materia.
  • Recordemos que la CADROC es un órgano colegiado, que se integra por colegios de personas profesionistas y cámaras de la industria de construcción, así como de las instancias del gobierno ya referidas. Su función es muy importante, pues se encarga de verificar los requisitos de admisión a las y los directores de obra, quienes a su vez  dirigen, vigilan y aseguran la observancia de la ley, los reglamentos y la normatividad aplicable a las obras y a las construcciones de la CDMX. 
  • Se propone revocar y dar vista a la  Secretaría de Obras y Servicios, e instruirle para que: 
    • Haga entrega en formato electrónico del “Manual de Funcionamiento de la Comisión de Admisión de Directores Responsables de Obra y Corresponsales” al que hace referencia el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.
    • Proporcione el vínculo a la página web oficial en la cual dicho Manual esta publicado; 
    • En caso de no contar con lo solicitado, el sujeto obligado deberá realizar la “Declaración Formal de Inexistencia de la Información”, previo sometimiento a su Comité de Transparencia, y;
    • Se da vista por falta de respuesta en tiempo y forma
  • En la evaluación 2021 de la información 2020 se advirtió que el sujeto obligado obtuvo 96.42 de 100, donde la deficiencia en efecto ocurrió en el cumplimiento de la obligación de transparencia relativa al marco normativo.
  • Contar con este tipo de información es fundamental para la observancia ciudadana del ejercicio institucional de atribuciones y obligaciones. Contar con información certera de los perfiles de las y los directores de obra contribuye a minimizar posibles riesgos respecto ante desastres.
  • Es cuanto, muchas gracias.

Descarga la resolución

¡Comparte!

Categorías

Etiquetas