Posicionamiento de la comisionada Nava Polina sobre los proyectos de acuerdo relativos a la regulación del trabajo a distancia en el Instituto
Agradezco la oportunidad para hacer uso de la voz. Sobre este proyecto de acuerdo, y los correspondientes a los dos puntos siguientes, quiero expresar de antemano que votaré a favor.
Pese al enorme y muy lamentable costo que la COVID-19 implicó para nuestro país y para nuestra ciudad, particularmente en lo que refiere a la pérdida de vidas humanas, la emergencia sanitaria nos dejó importantes lecciones en varios campos. Una de esas lecciones fue que era viable atender los objetivos institucionales, aún durante la pandemia, haciendo un uso responsable y adecuado de las alternativas que nos ofrecen las tecnologías de la información y comunicación.
El periodo de la contingencia sanitaria, felizmente concluido, impulsó a este Instituto a explorar, formalmente, las modalidades de trabajo a distancia, con uso intensivo de las opciones tecnológicas a su alcance. A la par de reducir el riesgo de contagios y minimizar concentraciones innecesarias de personal, esta modalidad impacta favorablemente en la calidad de vida de las personas que colaboran con el Instituto, al disminuir el tiempo que antes dedicaban a traslados, a la par de ampliar el impacto de los distintos eventos que aún ahora organizamos en línea.
Por ello, al concluir la emergencia sanitaria, se cierra también la ventana temporal que hacía necesario el plan de regreso escalonado a las actividades en el Instituto. Y, normalizada, como ya lo está, la práctica del trabajo a distancia como una modalidad alternativa y eficaz para el despacho de los asuntos de nuestras oficinas, es conveniente darle el respaldo normativo pertinente, más allá del horizonte de la pandemia.
Acompaño, por ello, los tres proyectos de acuerdo que se ponen a nuestra consideración. Agradezco la atención de algunas de las observaciones que acercamos para robustecer estos documentos y celebro que contemos con un marco normativo que sustente prácticas de organización y modalidades laborales flexibles, en atención a las obligaciones legales que el Instituto, como organismo autónomo de la Ciudad de México, tiene en atención a las disposiciones explícitas de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías en la Ciudad de México.
Gracias.