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Sobre la discusión en el Congreso de la Unión de la propuesta para extinguir organismos autónomos

Posicionamiento sobre la discusión en el Congreso de la Unión de la propuesta para extinguir organismos autónomos

Quiero referirme a un tema de relevancia para el país respecto a reformas constitucionales que buscan realizarse en el Congreso de la Unión. Me refiero en lo particular a la propuesta de reforma que prevé la extinción de distintos organismos constitucionales autónomos, entre ellos el INAI, y se propone que sus funciones se realicen desde el ámbito de la administración pública. De aprobarse, esta misma disposición aplicaría en cada una de las entidades federativas. La propuesta ya fue presentada hace tiempo, aunque no por ello ha sido mejor analizada y discutida en el ámbito público o en el seno mismo del poder legislativo.

Al respecto, organizaciones como Fundar, Artículo 19 y el Observatorio de Designaciones Públicas han manifestado su preocupación por el impacto regresivo que estiman como consecuencia de la eventual aprobación de esta propuesta de reformas. Sus consideraciones fueron expresadas en los comunicados que publicaron el 7 de febrero de 2024, al darse a conocer inicialmente estas propuestas de reforma, en un posicionamiento respaldado por un centenar de organizaciones y 856 periodistas, personas académicas y firmas individuales. Otro comunicado, del 30 de julio, refiere la preocupación de estas organizaciones por asegurar que estas reformas se analicen y discutan de manera amplia, para fortalecer a las instituciones que los garantizan, pues la desaparición de órganos garantes pondría en riesgo la protección de derechos humanos.[1]

Recordemos que la Constitución, nuestra norma fundamental, exige que el ejercicio de los derechos humanos no se suspenda ni se restrinja sino bajo las condiciones que la misma Constitución establece. Recordemos también que, de acuerdo con esa misma norma, “Todas las autoridades […] tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.” Este último principio, el de progresividad, indica, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que “el legislador no puede emitir actos legislativos que restrinjan, eliminen o desconozcan el alcance y la tutela que ya se reconocían a los derechos humanos”. Cierto es que la prohibición de regresividad no es absoluta, pero toda excepción deberá contar con una justificación constitucional plena y someterse a un escrutinio estricto, pues implicaría restricciones a derechos humanos.[2]

El avance normativo que la tutela de los derechos humanos de acceso a la información y protección de datos personales ha alcanzado en nuestro país tiene actualmente un amplio reconocimiento internacional y se ha señalado como un modelo para otras naciones. La existencia de organismos garantes de estos derechos que sean autónomos frente a las autoridades sujetas al cumplimiento de las obligaciones de transparencia y protección de la privacidad constituye, a mi juicio, la manera más eficiente y económica de atender los compromisos que el Estado mexicano adquirió ante la comunidad internacional mediante distintos tratados en la materia.

Por supuesto, cabe discutir los aspectos susceptibles de mejorar en los procedimientos y organización de las instituciones, esto es de las reglas, que garantizan a las personas que tendrán acceso a la información generada o conservada por los actores e instituciones públicas sujetas al cumplimiento de la normativa de transparencia, por que esa información es de todos. Y por supuesto, es necesario robustecer las protecciones a la información personal que ponemos en manos de autoridades y empresas privadas para la obtención de los servicios que de ellas demandamos.

Tan solo en la Ciudad de México, las más de 27 mil resoluciones que  en este Instituto de Transparencia hemos aprobado, desde 2019 y hasta el primer semestre de este año, han permitido a las personas conocer información de temas tan relevantes como:

  • la calidad y contaminación del agua que fluye por la red hídrica de la CDMX, así como la que se distribuye a través de pipas;
  • el proceso de reconstrucción tras los sismos que sacudieron a la ciudad el 19 de septiembre de 2017;
  • el mantenimiento, reparaciones, peritajes, licitaciones, contratos, averiguaciones previas y atención a personas damnificadas por la caída de dos vagones de la Línea 12 del Metro;
  • el funcionamiento de la red de movilidad integrada de la CDMX;
  • los padrones de personas beneficiarias de los programas sociales que operan en la ciudad;
  • los programas y acciones sociales realizados a raíz de la pandemia por COVID-19.

El diseño de instituciones independientes, con capacidad de resolver quejas en materia de transparencia y protección de datos, con resoluciones inatacables, con estándares similares en todo el país, sin necesidad de acudir a tribunales para obtener una respuesta, todos estos elementos son un logro de la sociedad civil, de las personas, de los medios de comunicación y de todos los actores sociales que durante largo tiempo hemos promovido la apertura de las instituciones públicas, la transparencia y el combate a la opacidad, por los incentivos que esta última ofrece a la corrupción.

Confiamos en que, en la discusión legislativa de la propuesta para rediseñar el sistema de garantías de los derechos que actualmente tutelamos, prevalecerán los intereses de las personas y el compromiso del país con la protección de los derechos humanos. Sabemos, por nuestra historia, que los caminos antes transitados no conducen a donde, como nación, aspiramos a llegar.

[1] Ambos comunicados pueden consultarse en el siguiente enlace: https://fundar.org.mx/anticorrupcion/

[2] Suprema Corte de Justicia de la Nación, Principio de Progresividad. 10 años de la Reforma Constitucional en Derechos Humanos y Amparo [Infografía]. https://www.scjn.gob.mx/10ddhh/sites/default/files/redes-sociales/archivos-adjuntos/principio_de_progresividad.pdf

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