Resolución sobre psicólogas clínicas en Fiscalía General de Justicia

Posicionamiento relativo a la resolución del expediente INFOCDMX/RR.IP.1164/2025

Antecedentes del caso

Me interesa hacer el posicionamiento del recurso 1164/2025.  En este caso, una persona requirió a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, información relacionada con condiciones laborales de personas que se desempeñan como psicólogas clínicas.  Entre lo solicitado está: nombre, horario laboral, tipo de persona trabajadora, funciones de acuerdo con el contrato, funciones actuales, horas que deben cubrir y áreas dentro de la Fiscalía donde se desempeñan.

La institución entregó la relación de su personal contratado bajo psicología clínica, hizo referencia a su manual administrativo respecto al horario y funciones que realizan, respondió sobre el grupo, rama y universo al que pertenecen de acuerdo con el catálogo de puestos.  También citó sus funciones de acuerdo con el contrato de trabajo e indicó las áreas dentro de la Fiscalía donde están asignadas.

La persona solicitante no estuvo de acuerdo con la respuesta, ya que a su consideración resultó incompleta, ambigua e indebidamente fundada y motivada.  Destacando que parte de su inconformidad se tradujo en requerimientos novedosos no contemplados en su solicitud inicial, por lo que esta no fue materia de análisis en la presente resolución.

Análisis de la ponencia

Del análisis que realizamos en mi ponencia, se concluye que la queja es válida y fundada, pues en efecto la respuesta de la Fiscalía resultó incompleta.

Por ello, se propone a este colegiado SOBRESEER los requerimientos novedosos y MODIFICAR la respuesta de la Fiscalía, en los siguientes rubros:

  1. Respecto al horario de trabajo debe informar el mismo de cada una de las personas que se desempeñan como psicólogas clínicas.
  2. Con relación al tipo de persona trabajadora debe informar a detalle si el puesto es de base o de confianza.
  3. Sobre funciones y horarios establecidos en el contrato deberá informar lo que se señale en dichos contratos.

 

La Fiscalía deberá dar respuesta en un plazo de diez días hábiles.

Relevancia

La Constitución Política de nuestra Ciudad protege y garantiza los derechos de las víctimas, ya sea de violaciones a derechos humanos o de delitos.  También mandata que las autoridades adoptarán medidas para su atención integral, que son el conjunto de acciones de ayuda inmediata, asistencia, atención e inclusión, y de reparación integral para proteger la integridad física y mental.

La Ley de Víctimas de la Ciudad de México desarrolla estas acciones y señala como atribuciones específicas de la Fiscalía: brindar información, orientación y acompañamiento jurídico y psicosocial; proporcionar atención psicológica de urgencia; y apoyo médico, psicológico y de trabajo social, cuando lo requiera.

La Fiscalía General de Justicia es una de las primeras puertas de atención a las víctimas en el sistema de administración y procuración de justicia, por ello es que requiere tener personas servidoras públicas profesionales en cada una de las distintas áreas de trabajo, en este caso, en psicología.

Las acciones de una persona psicóloga que debe dar atención u orientación a víctimas es entonces de la mayor relevancia, por la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran estas personas.  Crear las condiciones que permitan ese espacio de confianza indispensable para dar contención y apoyo psicológico en una situación violenta, es fundamental dar parte en condiciones adecuadas a la atención integral de las víctimas.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) a través del Informe mundial sobre salud mental: Transformar la salud mental para todos de 2022, refiere que la salud mental significa ser más capaces de relacionarse, desenvolverse, afrontar dificultades y prosperar.  La salud mental existe en un complejo proceso continuo con experiencias que abarcan desde un estado óptimo de bienestar hasta estados debilitantes de gran sufrimiento y dolor emocional.  Aproximadamente una de cada ocho personas en el mundo sufre algún trastorno mental de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud.

Por ello, desde este Instituto, hemos generado y accionado el modelo de Apertura por Diseño enfocado a abonar a la justicia abierta, centrado en las personas y sus necesidades, entre ellas la salud mental y la atención integral a las personas en circunstancias de riesgos.  Buscamos que todas las instancias que administran y procuran justicia su prioridad sean las personas, que empaticen con ellas y a través de facilitar información en datos en formatos abiertos que sean claros y entendibles, promuevan su derecho al acceso a la información y facilitar su recuperación.

Por ello, ser transparentes en quiénes son y cuáles son las condiciones de trabajo de las personas que intervienen en la atención psicológica de las víctimas es un derecho de estas que contribuye a restaurar las condiciones previas al evento delictivo.

Con relación a este tema una buena práctica la encontramos en Argentina.  El Centro de Asistencia a las Víctimas de Delitos (CENAVID) brinda asesoramiento jurídico, psicológico y social a las víctimas de delitos y ofrece un número con atención las 24 horas del día los 365 días del año.  La atención es para asesoramiento jurídico y acceso a la asistencia médica o psicológica en caso de que lo requieran.

Un aspecto muy importante de la asistencia a víctimas es la oportunidad, hacerlo cuando se requiere, y ello implica tener profesionales capacitados todo el día, todos los días, porque lamentablemente la comisión de delitos no descansa, y la información pública para ello es crucial.

Por mi parte sería cuánto. 

Muchas gracias.

 

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