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¿Hacia una Ciudad Abierta?

Si las leyes modificaran la realidad al momento de entrar en vigor, no sólo México sino el mundo entero, sería muy distinto.

En la Ciudad de México, por ejemplo, la Hacienda Pública cumpliría con los principios constitucionales de sustentabilidad, equidad, efectividad, austeridad, certidumbre, transparencia y rendición de cuentas. Es más, el Artículo 21 de la Constitución local considera (habrá que grabárnoslo): “Ninguna información de carácter público podrá restringirse en su conocimiento a la ciudadanía y deberá cumplir con los parámetros de Gobierno abierto.”

Con el inicio de año y el arranque de administraciones nuevas, existe una vara alta para el cumplimiento de las disposiciones que nos fijamos como Capital del País.

En cuanto a democracia participativa tendremos que observar un cambio visible si consideramos que el Artículo 26 constitucional, refiere que: “Las autoridades de la Ciudad y las alcaldías establecerán procedimientos y formas de Gobierno abierto que garanticen la participación social efectiva, amplia, directa, equitativa, democrática y accesible en el proceso de planeación, elaboración, aprobación, gestión, evaluación y control de planes, programas, políticas y presupuestos públicos, en los términos que establezca la ley».

Aún más, el mismo Artículo en el numeral 3 señala que: “Los poderes públicos, los organismos autónomos y las alcaldías están obligados a informar, consultar, realizar audiencias públicas deliberativas y rendir cuentas ante las personas y sus comunidades sobre la administración de los recursos y la elaboración de las políticas públicas».

En breve: la Ciudad de México cuenta con disposiciones para ser Estado abierto, a través de mecanismos de rendición de cuentas, de participación, de fiscalización, de combate a la corrupción, de la difusión de la actividad pública. Por ende, 2019 habrá de ser un parteaguas para cualquier autoridad local. No hay pretextos para no ser una Ciudad Abierta. Es el gran reto.

En ese tenor, el Congreso de la Ciudad “se regirá por los principios de parlamento abierto”, conforme lo señala el Artículo 26 constitucional. Esta disposición es de avanzada, pues es la primera Constitución en el País en establecer la característica de apertura para el funcionamiento del Poder Legislativo.

Podremos comenzar a hablar de la implementación de la apertura, si: 1) mejoramos el entendimiento de lo público para generar participación e incluirla en la toma de decisiones; 2) la rendición de cuentas es real, permanente y existen sanciones por ilegalidad, opacidad y corrupción; 3) se utilizan TIC y herramientas de difusión para comunicar con oportunidad y sencillez, las actividades del Estado y que se enfoquen al servicio y beneficio de la población.

Alcaldías, organismos autónomos, Jefatura de Gobierno, Congreso de la Ciudad y Poder Judicial, habrán de dar cambios concretos en el ejercicio de sus atribuciones y en la democratización de la información que se derive de su trabajo cotidiano.

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