Posicionamiento relativo al Acuerdo que se pone a consideración por el que se aprueba que el Comisionado Presidente del InfoCDMX, emita voto institucional respecto de los puntos que se someterán a votación en la primera sesión ordinaria del Consejo Nacional del SNT, a celebrarse el 30 de abril de 2021.
Anuncio que acompañaré el sentido del acuerdo, con un voto concurrente, para que el Comisionado Presidente en representación de este Instituto emita un voto a favor de los puntos que se tratarán en la siguiente sesión ordinaria del Consejo Nacional del SNT, que se celebrará el viernes 30 de abril.
● Acompaño con un voto razonado o concurrente para dejar por escrito las consideraciones respecto al punto 9 del orden del día de la sesión del Consejo Nacional.
● En ese punto del orden del día se revisará la reforma a los Lineamientos para la organización, coordinación y funcionamiento de las instancias del SNT.
● La reforma que se propone comprende la modificación a 3 artículos de esos lineamientos, que son normativa que regula e incide a todo el SNT.
● Por una parte, la reforma al artículo 85 de los lineamientos, que trata el tema de la firma de actas de las sesiones de las instancias del SNT, SÍ cuenta con el dictamen de la Comisión Jurídica.
● Pero, la reforma que se propone a los artículos 27, fracción XI y 38 de los lineamientos respecto al cambio de denominación y a las atribuciones de la Comisión de Rendición de Cuentas, para que ahora también trate temas de combate a la corrupción, solamente se respalda en el dictamen de esa misma Comisión de Rendición de Cuentas.
● Considero que al tratarse de una reforma a los Lineamientos de las instancias del SNT, la propuesta de reforma también debió turnarse y contar con el dictamen de la Comisión Jurídica, de Criterios y Resoluciones del SNT.
● Respaldo mi argumento en el artículo 28 de los mismos Lineamientos, que señalan que
son atribuciones de esa Comisión Jurídica:
○ Elaborar las propuestas de normatividad tendientes a regular las instancias del Sistema Nacional;
○ Analizar las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional, así como elaborar y proponer modificaciones a las mismas; y
○ Brindar asesoría en el orden jurídico a los integrantes del Sistema Nacional y desahogar las consultas que les formulen.
● Resulta relevante el que la Comisión Jurídica hubiese realizado un análisis de la propuesta de reforma a la luz del marco normativo del propio SNT, para determinar si se cuenta con el sustento para incluir los aspectos del combate a la corrupción y los mecanismos idóneos para vincularse con los Sistemas Nacional y Locales de
Anticorrupción.
● Cabe recordar que en 2020, cuando presenté una iniciativa para modificar el cambio de nombre a la CGAyTP para ampliar el concepto de la comisión por el de Estado abierto, de manera que se abarcara a la totalidad de poderes e instituciones del Estado, y quedaran incluidos todos los niveles. El año pasado se consideró esencial que se turnara la propuesta ante la Comisión Jurídica del SNT, la cual se pronunció con un dictamen a favor de la iniciativa de cambio de denominación, pero desafortunadamente no prosperó en la instancia de Comisiones Unidas. Y aquí abro un paréntesis sobre la narrativa de la apertura institucional a nivel mundial, ya avanzó hacia Estado Abierto, prueba de ello este InfoCdMx desde 2019.
● De tal forma, valoro que esta propuesta para el cambio de denominación y atribuciones de la Comisión de Rendición de Cuentas, debió seguir el mismo curso.
● Agradezco la atención al comentario que realicé para que nuestro voto institucional permita reflejar en sus consideraciones las documentales que acompañan el orden del día de la sesión del Consejo Nacional.
● Es por estas consideraciones que emito un voto concurrente, en términos de los artículos 3, fracción XXV y 42, fracción II de nuestro Reglamento de Sesiones, para dejar por escrito estos razonamientos, mismos que entregaré a la Secretaría Técnica de este colegiado.
● Es cuanto, muchas gracias