- “Se trata de información de interés público, ya que es crucial que la comunidad conozca los riesgos detectados para, en su caso, implementar medidas y acciones necesarias que garanticen la protección de la vida, la integridad y la salud de las personas”: Comisionada Ciudadana, María del Carmen Nava Polina.
- Resaltó que del 2019 al 2022 la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil atendió más de 40 mil llamadas de emergencia, entre incendios, inundaciones y riesgos en edificios.
El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX) revocó la respuesta de la Alcaldía Iztacalco respecto a los dictámenes de protección civil de un predio solicitados por una persona, y ordenó dar vista al Órgano Interno de Control por no atender información solicitada por el órgano garante.
Al respecto, la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina, consideró que se trata de información de interés público, ya que es crucial que la comunidad conozca los riesgos detectados para, en su caso, implementar medidas y acciones necesarias que garanticen la protección de la vida, la integridad y la salud de las personas.
Al exponer ante el Pleno, el recurso de revisión, INFOCDMX/RR.IP.0063/2024, Nava Polina explicó que una persona solicitó acceso a un expediente administrativo en la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos de la Alcaldía Iztacalco, con respecto a una construcción en específico. Asimismo, pidió conocer los dictámenes de protección civil que hayan emanado de las inspecciones realizadas en dicho predio.
Por su parte, la Alcaldía negó la información con el argumento que estaba clasificada como reservada, por tratarse de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio.
Por ello, la persona se inconformó e interpuso un recurso de revisión por no haber recibido la información solicitada.
En el caso que nos ocupa -dijo la Comisionada-, mi Ponencia encontró que la persona tiene razón en su queja toda vez que de acuerdo con el artículo 113 de la Ley General de Transparencia, un criterio para clasificar la información como reservada es que ésta forme parte de un expediente judicial o un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio. No obstante, tal clasificación debe validarse a través de una resolución formal del Comité de Transparencia, acompañada de la prueba de daño que evidencie el riesgo potencial que la divulgación de la información podría ocasionar.
Añadió que la respuesta proporcionada por la Alcaldía Iztacalco se limitó a declarar la información solicitada como reservada, sin cumplir con los requisitos mencionados. “Ante esta omisión, solicitamos documentación adicional mediante diligencias para valorar dicha clasificación, pero esta solicitud no fue atendida por la Alcaldía”, puntualizó la Comisionada.
En cuanto a los dictámenes de protección civil -aseveró-, incluso si formaran parte de algún procedimiento administrativo, consideramos que debe ponderarse la entrega de estos en versión pública al ser actos consumados, pues no alterarían el curso ni el resultado del procedimiento administrativo en cuestión.
“Además, se trata de información de interés público, ya que es crucial que la comunidad conozca los riesgos detectados para, en su caso, implementar medidas y acciones necesarias que garanticen la protección de la vida, la integridad y la salud de las personas”, comentó.
Nava Polina aseveró que la Ciudad de México es una metrópoli que enfrenta una variedad de riesgos, como terremotos, incendios urbanos y otras emergencias, por ello es relevante este caso.
Resaltó que del 2019 al 2022 la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil atendió más de 40 mil llamadas de emergencia, entre incendios, inundaciones y riesgos en edificios.
Destacó que, según la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, es indispensable contar con dictámenes de protección civil para garantizar la estabilidad estructural de los inmuebles, y la seguridad y bienestar de la población.
En este sentido -refirió la Comisionada-, los Programas Internos de Protección Civil deberían considerarse como una obligación de transparencia, por ser información de interés público. Esta apertura también tendría un impacto positivo para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), especialmente en el ODS 11, que se enfoca en lograr ciudades y comunidades sostenibles. Facilitar el acceso a esta información contribuiría en crear entornos urbanos más seguros y resilientes, y se alinearía con las mejores prácticas para mitigar los riesgos de emergencias.
Agregó que este paso ayudaría a construir una sociedad más informada y preparada, y avanzar hacia la sostenibilidad urbana y la protección de la vida y seguridad de las personas.
Por lo anterior, propuso al Pleno revocar la respuesta de la Alcaldía, y dar vista a su órgano interno de control por no atender diligencias, y ordenarle emitir una nueva, propuesta que fue aprobada por unanimidad.