Fondos para seguridad municipal Alcaldía Iztacalco

Resolución del expediente INFOCDMX/RR.IP. 2100/2025 sobre fondos para seguridad municipal

 

Antecedentes del caso

En esta ocasión presento a este colegiado la resolución del recurso de revisión 2100/2025 que corresponde a una solicitud dirigida a la Alcaldía Iztacalco.  La persona requirió información sobre programas, proyectos y actividades en los que se ejercieron recursos federales en esa alcaldía del Programa para el Fortalecimiento de la Seguridad (FORTASEG) y del Subsidio para la Seguridad Municipal (SUBSEMUN) entre el 2015 y la fecha de la solicitud.

La persona quiso conocer nombre, proyecto ejecutivo, monto, calendario de ejecución, población beneficiada, lugar de ejecución y resultados.  Así como los informes entregables a la instancia federal que supervisaba el ejercicio de los recursos y documentos probatorios, en el área de seguridad pública.

En su respuesta la Alcaldía entregó una tabla con el monto correspondiente al FORTASEG y SUBSEMUN de 2020 a 2024, aunque sólo hay una cantidad para el primer programa en 2020 y los demás están en ceros.  También indicó que no contaba con la información de los años anteriores.

La persona solicitante consideró que la información es incompleta y errónea, y no proporciona las pruebas documentales.

Análisis de la ponencia

A partir del estudio y análisis por parte de mi ponencia, concluimos que la queja es válida. Durante el procedimiento, la Alcaldía Iztacalco expresó que al tratarse de fondos para seguridad pública correspondía a la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Gobierno Central atender la solicitud. Sin embargo, en su respuesta entregó la información del monto para el 2020, es decir, hay una contradicción.

De la revisión de información pública sobre la distribución de los recursos de estos instrumentos, se encontró que el SUBSEMUN inició en el 2008 y se modificó a partir del ejercicio fiscal 2016, pasando a ser el FORTASEG, por lo tanto, no existe información de ambos instrumentos en todos los años al ser prácticamente el mismo tipo de subsidio.

Para el caso de 2016, se ubicó el convenio celebrado entre el FORTASEG y el Gobierno de la Ciudad de México y en la cláusula segunda se muestra la distribución de recursos para cada demarcación, como era la denominación anterior de las hoy alcaldías.

También se encontró información de comunicación social en la que el alcalde de Iztacalco, anunció dos proyectos a realizar con los recursos de este instrumento correspondiente al 2020.

Finalmente, es obligación de las instituciones públicas manejar los documentos conforme a lo previsto tanto en la Ley de Transparencia como en la Ley de Archivos, por lo que la información solicitada debe estar en alguna área o áreas de la alcaldía, así como en sus archivos.

Con base en lo anterior, esta resolución propone REVOCAR la respuesta de la Alcaldía Iztacalco para que realice una búsqueda exhaustiva en todas las áreas competentes, así como en su archivo de concentración, para entregar lo solicitado.  En caso de no localizarlo deberá declarar la inexistencia a través de su Comité de Transparencia conforme a lo señalado en el artículo 217 de la Ley Local.

Lo anterior deberá hacerlo en un plazo de diez días hábiles.

Relevancia del caso

Como he expresado en otras ocasiones, la seguridad pública es una de las principales preocupaciones para quienes habitamos esta ciudad.  La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de Seguridad Pública 2024 del INEGI, reveló que dos de cada tres personas mayores de edad consideran la inseguridad como el problema más importante en la Capital.

El mismo estudio señala que 37 de cada 100 hogares tuvo al menos una víctima de delito en 2023 y la tasa de delitos por cada 100 mil habitantes es de casi 53 mil.

Como la mayor parte de las políticas públicas, las acciones en materia de seguridad ciudadana requieren recursos financieros para su diseño y puesta en práctica.  Pero el dinero no atiende el problema, sino que es un insumo para el desarrollo de soluciones.  En este sentido, el objetivo de los dos programas SUBSEMUN y FORTASEG era canalizar recursos para evaluación de control de confianza de policías, acciones de capacitación y mejora de sus condiciones laborales. También inversión en infraestructura, programas de prevención del delito, creación de bases de datos de seguridad pública y funcionamiento de centros de atención de emergencias, entre otros.

Si bien es cierto que el erario se integra por todos los ingresos del Estado, existe un sistema de reglas para ordenar la forma de obtener ingresos y ejercer el gasto público entre instituciones federales, estatales y municipales.  Es lo que se conoce como «pacto fiscal».

Desde finales del siglo pasado se ha modificado este pacto con una serie de fondos para estados y municipios aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación con fines específicos.  Esto ha sido resultado, entre otras razones, de un proceso de mayor autonomía política y por lo tanto fiscal de las entidades federativas con relación a la Federación, y de los municipios con relación a sus propios estados.

Para el caso concreto del FORTASEG, éste desapareció para el ejercicio fiscal 2021, siendo el 2020 el último año en que se ejerció y tuvo un presupuesto aprobado de cuatro mil millones de pesos.  Las alcaldías de la Ciudad de México pudieron ejercer casi 182 millones, correspondiendo a Iztacalco poco más de nueve millones o el cinco por ciento del total.

Los montos de estos instrumentos con fines de seguridad pública están establecidos en los convenios respectivos, eso es la primera parte de la información.  Ahora bien, es obligación de cada alcaldía rendir cuentas del uso de esos recursos, tanto a las autoridades del gobierno central y la Federación, como a las personas.  Este ejercicio implica detallar la manera como se ejerció el dinero, señalar en cuáles programas, detallar sus objetivos, población beneficiada, resultados y toda la información relacionada.

Recordemos que uno de los principales rubros sobre los que se realizan solicitudes de información tiene que ver con el ejercicio de los recursos, por ello existen diversas obligaciones de transparencia sobre el gasto público.  Entregar información de este tipo a través de una solicitud debe ser la excepción, ya que la regla es tenerla disponible en los portales de internet que corresponda.

Por mi parte sería cuanto.

Muchas gracias.

 

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