Posicionamiento relativo a la resolución del expediente del recurso de revisión en materia de acceso a la información pública número INFOCDMX/RR.IP.0588/2021
● Solicité el uso de la voz para exponer el recurso INFOCDMX/RR.IP.0588/2021 presentado en contra del Fondo Ambiental Público de la Ciudad de México (FAP).
● La persona solicitante requirió conocer para el periodo 2019, 2020 y 2021 la siguiente información:
○ Número de árboles autorizados para derribo por trámites de impacto ambiental,
○ Número de árboles que se han solicitado para restitución física,
○ Número de árboles plantados,
○ El monto aportado al FAP por la afectación de arbolado,
○ Superficie de afectación de área verde,
○ Superficie restituida físicamente y comprobable
○ Monto aportado al FAP por la afectación de áreas verdes
● En su respuesta, el Fondo Ambiental Público indicó no ser competente para poseer la información, toda vez que la información requerida se encuentra dentro de las atribuciones de la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México.
● Inconforme con la respuesta, la persona solicitante interpuso Recurso de Revisión en el que manifestó como agravio que el FAP debe conocer respecto a los montos que se le aportan por la afectación de arbolado y de áreas verdes.
● Una vez integrado el expediente en su totalidad y del estudio de las constancias y de la normatividad se advierte que el FAP es competente para conocer parte de la solicitud de información que hoy nos ocupa, por lo que se propone a este Pleno revocar la respuesta emitida e instruir a entregar la información de interés de la persona solicitante que obre en sus archivos y remita de forma adecuada la parte que no es de su competencia a la SEDEMA.
● Es importante señalar que cuando una persona física o moral, tanto pública o privada realice derribo de árboles o algún daño a áreas verdes, deberán restituirlas mediante una compensación física o económica, que se deposita directamente a la cuenta Fondo Ambiental Público.
● De conformidad con el segundo informe parcial de la fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio de 2018, el gasto del FAP con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” ascendió a 286,453.4 miles, de los cuales el 30% corresponde a recursos propios (recursos fiscales 140,010.2 miles de pesos), propios 86,052.2 miles de pesos y con participaciones federales 60,391.0 miles
de pesos).
● El monto propio ejercido por el Fondo Ambiental Público es obtenido por la compensación económica que pagan las personas por el derribo de árboles o algún
daño a áreas verdes, situación que es fundamental transparentar para un adecuado seguimiento de la ciudadanía en el uso y destino de los recursos públicos.
● Las autoridades capitalinas han señalado que tienen registradas entre 45 y 50 hectáreas afectadas por la tala clandestina, situación que se incrementó durante la
emergencia sanitaria.
● No podemos perder de vista que las invasiones y la deforestación atraen diversos problemas al medio ambiente, como la pérdida de hábitat de millones de especies y la afectación a la calidad del suelo.
● En la CDMX, se estima que diariamente se pierde una hectárea de suelo de conservación por deforestación, asentamientos irregulares y tala ilegal y según datos
del sistema de monitoreo de áreas verdes del Instituto de Recursos Mundiales (WRI), denominado Global Forest Watch, se calcula que entre 2001 y 2019, la CDMX ha perdido 167 hectáreas de cobertura arbórea.
● Es cuanto, muchas gracias.