Posicionamiento sobre resolución del expediente INFOCDMX/RR.IP.5233/2024
Antecedentes del caso
El recurso 5233/2024 es acerca de información solicitada a la Alcaldía Gustavo A. Madero, respecto a contratos para la adquisición de comida y bebidas destinadas a los Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS) y Centros de Atención y Cuidado Infantil (CACI) de dicha Alcaldía en el periodo 2019 a 2024.
La institución respondió a la persona solicitante que puede consultar la información en una serie de contratos publicados en sitios de su portal de transparencia para los años solicitados. No obstante, la persona expresó que no se proporcionaron los contratos sobre alimentos, además de que las ligas a los sitios de internet no funcionan, es decir, se inconformó por la negativa a entregar la información y porque la respuesta no corresponde con lo solicitado.
Análisis de la ponencia
La Ley que regula estos centros de atención infantil prevé la creación de un padrón único a cargo del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la capital. También ordena que dependencias, entidades y alcaldías, cuando operen y administren este tipo de centros, deberán entregar la información con la que cuenten al Comité respectivo. Entonces es un ámbito de competencia concurrente entre Alcaldías y el DIF de la Ciudad de México.
Considerando lo anterior, la Alcaldía Gustavo A. Madero debió remitir la solicitud al DIF para recabar la información solicitada, sin embargo, esto no sucedió.
En su respuesta, la Alcaldía identificó varios contratos con clave y al hacer la búsqueda de uno de estos en efecto se comprobó que se refiere al Suministro de Alimentos a distribuirse en los Centros de Desarrollo Infantil Atendidos por la GAM. Es decir, la Alcaldía se encuentra en condiciones para entregar los contratos solicitados en medios electrónicos, ya que estos son generados y digitalizados para dar cumplimiento a la obligación de transparencia prevista en la fracción 30 del artículo 121 de la Ley.
Relevancia
Hace más de trece años, la reforma al artículo 4º constitucional estableció que niños y niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Se ha ido construyendo un marco legal para hacer realidad este derecho, como la promulgación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en 2014.
A nivel local, la Constitución Política de la Ciudad de México señala que en materia de derechos humanos la autoridad atenderá el interés superior de niños, niñas y adolescentes, además establece que toda persona tiene derecho al cuidado que sustente su vida y le otorgue los elementos materiales y simbólicos para vivir en sociedad. A este respecto las autoridades establecerán un sistema de cuidados que preste servicios públicos y desarrolle políticas públicas.
Los centros de atención infantil son una parte importante del sistema de cuidados ya que complementan los otros tres pilares del sistema de bienestar: salud, educación y seguridad social. Permiten que el cuidado de los niños y niñas se realice en espacios adecuados, con personal profesional y no se trasladen como una obligación no remunerada a otros miembros de la familia, típicamente mujeres.
La primera Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados (ENASIC) de 2023 encontró que “nueve de cada 10 personas que dejan el mercado laboral por realizar cuidados son mujeres y el 48.9% de las mujeres que son cuidadoras principales de otra persona no tiene un empleo ni tiempo de buscar uno…” (Gobierno de la Ciudad de México, Sistema de Cuidados para el Bienestar de la Ciudad de México. Marco de referencia, p.9).
Por todo esto, los Centros de Atención y Cuidado Infantil deben ser espacios seguros para el cuidado de niños y niñas, de entre 45 días de nacidos y hasta los seis años de edad.
Actualmente, el Padrón Único de los Centros de Atención y Cuidado Infantil a cargo del DIF CDMX reporta 582 centros, 418 (71.8 %) públicos y 164 (28.2 %) comunitarios. La Alcaldía Gustavo A. Madero tiene registrados 13 centros de atención y cuidado infantil, lo que corresponde al 7.7 % de los CACI públicos de las alcaldías.
La transparencia en los programas relacionados con la alimentación, si bien en este caso es una actividad que forma parte del conjunto de cuidados que ofrecen los centros de atención infantil, se enfoca al uso de los recursos económicos, los procesos operativos, la calidad de los alimentos y la adecuada integración de la dieta que se provee a los niños y niñas.
Recordemos que uno de los objetivos de nuestra Ley es mejorar la participación ciudadana, social y/o comunitaria en la toma de decisiones, así como el seguimiento y evaluación de las políticas públicas en la Ciudad de México. Transparentar la forma como se adquieren los alimentos en los centros de atención infantil se inscribe en este objetivo.
Propuesta de resolución al Pleno
Por lo aquí expresado, la resolución propone REVOCAR la respuesta de la Alcaldía Gustavo A. Madero y:
- Deberá gestionar la solicitud de información ante la Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones, lo anterior con el objeto de que realicen la búsqueda exhaustiva y razonada de los contratos que se celebraron para la adquisición de alimentos para los Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS) y Centros de Atención y Cuidado Infantil (CACI), en el periodo 2019 a 2024;
- Entregar éstos en versión pública electrónica, y
- Remitir la solicitud de información al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México para que, en su caso, entregue la información que corresponda.
Muchas gracias.