Posicionamiento relativo a la resolución del expediente INFOCDMX/RR.IP.1858/2023
Antecedentes del caso
En esta ocasión me gustaría exponer el recurso de revisión INFOCDMX/RR.IP.1858/2023 de acceso a la información pública presentado en contra de la Secretaría de la Contraloría General.
En este caso, la persona solicitó a la Secretaría de la Contraloría General información sobre el registro de personas servidoras públicas sancionadas en la Administración Pública de la Ciudad de México. Requirieron información como el nombre y posición de la persona responsable de los sistemas y reglas del registro, la fecha de creación, así como copia del documento por medio del cual se estableció el origen del mismo.
La Secretaría de la Contraloría proporcionó respuesta en la que indica información sobre diversos requerimientos. Sin embargo, la persona ingresó un recurso de revisión ante este instituto donde manifiesta como agravio que la información no corresponde con lo solicitado y por recibir una respuesta incompleta.
Análisis de la ponencia
El análisis del caso arrojó que el agravio de la persona resulta PARCIALMENTE FUNDADO debido a que la Secretaría de la Contraloría entregó información incompleta, ya que no hizo entrega de la copia del documento por medio del cual se creó el registro de las personas servidoras públicas sancionadas en la administración pública de la Ciudad de México.
Posicionamiento
Este caso pone en relieve la necesidad de acceder a información sobre las estrategias de control y prevención de corrupción. Las personas tienen derecho a una administración pública transparente, eficaz y, por supuesto, libre de corrupción. Aun así, estamos lejos de alcanzar todavía este objetivo, como lo demuestran las siguientes cifras:
Por un lado, la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental 2021 muestra que el 57% de las personas en la Ciudad de México ven la corrupción como uno de los principales problemas y casi 9 de cada 10 consideran que los actos corruptos son muy frecuentes. [1]
Además, es imperativo implementar medidas que aborden eficazmente este problema. El Índice de Estado de Derecho de World Justice Project, sitúa a la Ciudad de México en la última posición respecto a las demás entidades en el país en cuanto a la ausencia de corrupción, lo que subraya, justo, la urgencia de actuar para cerrar esta brecha a través del acceso a la información. [2]
De 2019 al primer semestre de 2022, la Secretaría de la Contraloría sancionó a dos mil 716 servidoras y servidores públicos[3]. El acceso al registro de estas personas es fundamental ya que promueve la responsabilidad y la integridad en el servicio público, inhibe conductas indebidas y permite identificar patrones de comportamiento problemáticos para tomar medidas correctivas.
Por eso es muy importante garantizar el acceso a la información relacionada con la creación de estos sistemas. Un sistema adecuadamente fundado y gestionado asegura la recopilación y registro coherente y justo de la información, lo que puede evitar adiciones y eliminaciones arbitrarias.
Cabe destacar que el control de la corrupción y la promoción de la integridad pública deben ser esfuerzos integrales, lo que resalta la importancia de fortalecer las instituciones y la coordinación entre ellas. Lamentablemente, casi ocho años después de la creación del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ciudad de México no cuenta con una Política Anticorrupción ni con un Comité de Participación Ciudadana designado, lo que deja con pocos elementos para prevenir, detectar y combatir la corrupción.
Sólo 14 entidades de la República comparten datos de las personas servidoras públicas sancionadas en la Plataforma Digital Nacional del Sistema Nacional Anticorrupción. Y que justo, no hay manera de que funcione el Sistema lo que limita la comparabilidad, accesibilidad y utilidad de estos datos[4].
En suma, es evidente que se requieren acciones más decididas para el control de la corrupción en la Ciudad de México. El acceso a información detallada y transparente sobre las personas servidoras públicas sancionadas y las medidas tomadas para prevenir la corrupción es un paso crucial en esta dirección. Asimismo, es indispensable fortalecer la implementación del Sistema Local Anticorrupción.
Propuesta de resolución al Pleno
En el caso que nos ocupa, esta ponencia propone al pleno MODIFICAR la respuesta de la Secretaría de la Contraloría General y que se le instruya turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes, sin omitir la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y a la Dirección General de Normatividad y Apoyo Técnico, a fin de que realice una búsqueda exhaustiva en sus archivos y entregue la información de interés.
Lo anterior, en un máximo de 10 días hábiles.
Es cuanto, muchas gracias.
Referencias
[1] Instituto Nacional de Estadística y INEGI, “Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental – ENCIG 2021. Principales resultados de la Ciudad de México.”, mayo de 2022, https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/encig/2021/doc/09_ciudad_de_mexico.pdf.
[2] World Justice Project, “Índice de Estado de Derecho en México 2021-2022. Estado de derecho por factor.”, 2022, https://worldjusticeproject.mx/wp-content/uploads/2021/04/11_PuntajesPorFactor.pdf.
[3] Manuel Cosme, “Reciben sanciones 2 mil 716 funcionarios capitalinos”, El Sol de México, el 3 de noviembre de 2022, https://www.elsoldemexico.com.mx/metropoli/cdmx/reciben-sanciones-2-mil-716-funcionarios-capitalinos-9138991.html.
[4] SESNA, “Plataforma Digital Nacional”, consultado el 16 de mayo de 2023, https://www.plataformadigitalnacional.org/sancionados.