Durante la décima quinta sesión ordinaria del pleno del InfoCDMX, celebrada el 27 de abril de 2022, se aprobó por unanimidad una resolución en la que se instruyó a la Alcaldía Xochimilco a entregar un informe detallado del Ajolotón, sobre si hubo permisos para su ejecución; sobre las acciones de mejoramiento de los humedales y los canales; y sobre las acciones para resarcir el daño ecológico generado por la liberación de los ajolotes.
A continuación, el posicionamiento de la comisionada Nava Polina, cuya ponencia proyectó el recursos de revisión:
Posicionamiento relativo a la resolución del expediente del Recurso de Revisión número INFOCDMX/RR.IP.0983/2022
- Hago uso de la voz para exponer el recurso INFOCDMX/RR.IP.0983/2022 presentado en contra de la Alcaldía Xochimilco.
- La persona solicitante requirió a la Alcaldía Xochimilco:
- Informe detallado sobre el programa Ajolotón donde se liberaron 200 ajolotes al canal de Xochimilco, donde incluya permisos por parte de alguna Institución como la UNAM, Profepa, etc.
- Curriculum, cédula profesional y experiencia en el área de Medio Ambiente y Sustentabilidad Ambiental del Director General de Medio Ambiente de la Alcaldía Xochimilco
- Informe detallado sobre las acciones que se están y se van a realizar para el mejoramiento y conservación de los humedales y el agua de todos los canales de Xochimilco.
- Conocer la justificación del Alcalde para designar al anterior Director de Jurídico como Director General de Medio Ambiente.
- 5. Saber las acciones tomadas para resarcir el daño al ecosistema derivado a la liberación de los ajolotes en el evento Ajolotón.
- En respuesta la Alcaldía Xochimilco, únicamente entregó las versiones públicas de los curriculum y de la cédula profesional; y precisó que el Alcalde cuenta con facultades legales de nombrar libremente a su personal de estructura.
- El sujeto obligado explicó que la liberación de ajolotes al Canal no fue parte de un programa oficial de la Alcaldía Xochimilco, sino una “actividad aislada”. Además de que no entregó a la persona el informe ni los permisos de ejecución.
- Inconforme con la respuesta otorgada, la persona recurrente interpuso recurso de revisión en el que señaló como agravio, el haber recibido una respuesta incompleta.
- Del estudio y análisis realizado esta ponencia concluye que la respuesta emitida por el sujeto obligado no atendió todos los requerimientos de la solicitud, pues no existió pronunciamiento respecto a los requerimientos sobre la conservación de los humedales ni sobre el daño causado al ecosistema derivado del Ajolotón.
- Desafortunadamente, personas biólogas advirtieron el riesgo ambiental que implicó liberar a estos ajolotes por las condiciones ecológicas del Canal. En menos de dos décadas la población de ajolotes pasó de 6,000 ejemplares por km2 a sólo 36. La situación es crítica, y, por esa razón es que hay esfuerzos colectivos de reproducir a la especie en cautiverio para no comprometer su vida.
- La principal causa de la probable extinción del ajolote es la pérdida de su hábitat generada por la creciente urbanización que afecta la calidad del agua y la actividad chinampera. Además del uso de especies invasoras como las carpas y tilapias para la producción acuícola.
- Por ejemplo, otro dato alarmante es que, según el Instituto de Ingeniería de la UNAM, son ya 1374 descargas de aguas negras y grises provenientes, los expertos afirman que podría ser el doble.
- En este sentido, propongo al Pleno, modificar la respuesta de la Alcaldía Xochimilco, e instruirle para que a través de sus unidades administrativas competentes, en especial a la Subdirección de Planeación Ambiental y Sustentabilidad, emitan pronunciamiento debidamente fundado y motivado, donde entreguen un informe detallado del Ajolotón, sobre si hubo permisos para su ejecución; sobre las acciones de mejoramiento de los humedales y los canales; y sobre las acciones para resarcir el daño ecológico mencionado.
- El tema de esta resolución es fundamental, puesto que cualquier intervención, política u actividad pública que impacte al ambiente debe estar justificada y acompañada de la opinión y la asesoría de personas especialistas que evalúen los posibles riesgos y daños ecológicos generados, además de tomar en cuenta los objetivos de desarrollo sostenible de la agenda 2030, como el de disponibilidad y saneamiento de aguas.
- Es cuanto, muchas gracias.
(755) DÉCIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL INFO CDMX 2022 – YouTube