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Resolución respecto al otorgamiento de licencias de paternidad en la SEDUVI

Posicionamiento relativo a la resolución del expediente INFOCDMX/RR.IP.4293/2024

Antecedentes del caso

En esta ocasión, me gustaría comentar el recurso de revisión INFOCDMX/RR.IP.4293/2024 de acceso a la información pública, interpuesto en contra de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI). Solicitaron saber respecto al Acuerdo por el que se establecen Lineamientos de Paternidad y Maternidad Responsable, la vigencia, evidencias de cumplimiento, número de licencias otorgadas a padres por consanguinidad, adopción y las madres por adopción, así como los informes trimestrales generados por otorgar la licencia de paternidad.

En respuesta la SEDUVI sólo respondió que el acuerdo se encuentra vigente y que se le ha otorgado licencia de paternidad a una persona. En consecuencia, la persona presentó inconformidad ante este Instituto por recibir una respuesta incompleta.

Análisis de la Ponencia

En el análisis que realizó mi Ponencia, determinamos que la queja es fundada ya que la SEDUVI no especificó cuántas licencias de descanso de quince días naturales con goce de sueldo a padres por consanguinidad ha otorgado, ni realizó la entrega de los informes trimestrales de permisos otorgados emitidos por la Dirección General de Administración y la de Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor, o bien, no justificó la razón por la cual no se encuentran en su archivo o no realizó la búsqueda de forma correcta.

Relevancia

Este caso es importante porque nos permite abordar el tema de los cuidados, particularmente el de las infancias, así como la corresponsabilidad social de los cuidados, como un paso crucial en la ruta hacia la igualdad de género.

Cuando nos preguntamos: ¿Quién lleva a cabo las tareas de cuidados? ¿Quién cuida a niños y niñas? ¿Quién cuida a las personas enfermas o con alguna discapacidad? ¿Quiénes dedican su tiempo a cuidar a familiares enfermos en casa? La respuesta debería ser que los cuidados son una responsabilidad de la sociedad y del Estado, sólo parcialmente compartida con las familias, las comunidades y el sector privado. Sin embargo, en la práctica es una tarea que  históricamente ha recaído, sobre todo, en las mujeres, a menudo sin recibir ninguna remuneración.

El cuidado es el término que se refiere a las actividades que regeneran diaria y generacionalmente el bienestar físico, mental y emocional de las personas, y que se llevan a cabo para la sostenibilidad de la vida. Engloban tareas cotidianas como la alimentación, la higiene, el acompañamiento, el afecto y la enseñanza, así como aquellas que corresponden a cada una de las etapas de la vida (desde la primera infancia, hasta la vejez), y algunas más especializadas para la atención de personas con alguna discapacidad (por ejemplo: falta de autonomía física, motriz, psicológica, sensorial o todas). En este término también se incluye el autocuidado.

De acuerdo con la Encuesta Nacional del Uso del Tiempo (ENUT) del INEGI, en México las mujeres de 12 años o más invierten a la semana, en promedio, 29 horas en realizar actividades de cuidados, mientras que los hombres únicamente dedican 12 horas en promedio. Es decir, las mujeres dedican más del doble de tiempo a la semana en cuidados en comparación con los hombres.

Los cuidados son particularmente importantes en la etapa de vida conocida como primera infancia. La primera infancia abarca desde la gestación hasta los 6 años. La evidencia científica ha demostrado que lo que pasa en estos primeros años tiene efectos determinantes sobre nuestra trayectoria vital: es un periodo crucial ya que se desarrolla el 90% del cerebro, se establecen las conexiones neurológicas fundamentales que forman la base para desarrollar capacidades físicas, intelectuales y emocionales que determinarán nuestro bienestar y salud a lo largo de nuestro ciclo de vida.

Para lograr que cada niña y niño alcance su pleno potencial es necesario asegurar el pleno ejercicio de todos sus derechos desde la primera infancia: los de supervivencia, desarrollo y a la protección. Es fundamental que en los primeros 6 años de vida cada niña y niño reciba, en cantidad y calidad suficiente, protección, cuidado, afecto, alimentación, salud, estimulación y oportunidades de aprendizaje, interacciones positivas y juego. Sin ellos, sus derechos y capacidades se verán afectados de manera irreversible.

Sin embargo, la mala distribución de cuidados afecta directamente a las mujeres, lo que genera una sobrecarga de trabajo que impide su acceso a la educación formal, al mercado laboral y también el descuido de su propia salud, limitando, a corto y largo plazo, su autonomía económica, su bienestar y el desarrollo de su potencial.

En un esfuerzo por alcanzar la igualdad de género, la corresponsabilidad de cuidados de las infancias se posiciona como un tema central en la agenda social y política. Sin embargo, en México, las licencias de maternidad y de paternidad se encuentran muy por debajo de los estándares internacionales.

El promedio de tiempo que se otorga por licencias de maternidad por parte de los Estados miembros de la OCDE es de 51.8 semanas, mientras que la duración de las licencias de maternidad en México es de apenas 12 semanas. Respecto de las licencias de paternidad, en México, la Ley Federal del Trabajo establece el otorgamiento de cinco días laborables con goce de sueldo por el nacimiento de hijas e hijos, cifra igualmente, muy por debajo del promedio de tiempo que se otorga por países de la OCDE, que es de 9.3 semanas, siendo España el país que mayor periodo otorga con el 100% de goce de sueldo (16 semanas).

De acuerdo con datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el mundo sólo seis países otorgan licencias de paternidad que superan las dos semanas (Eslovenia, Finlandia, Islandia, Lituania, España y Portugal). Y esta licencia únicamente es obligatoria en Chile, Italia y Portugal. 

Ante esta situación, es impostergable planear e implementar una nueva organización social del cuidado con políticas públicas que reduzcan, redistribuyan, reconozcan, remuneren y representen los cuidados. Y en ello, la transparencia y el acceso a la información juegan un rol fundamental.

Propuesta de resolución al Pleno

Por ende propongo a este Pleno MODIFICAR la respuesta de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda para que, previa búsqueda exhaustiva en su Dirección General de Administración y Finanzas, informe cuántas licencias de descanso de quince días naturales con goce de sueldo han sido otorgadas al personal adscrito que se identifique como “padre por consanguinidad” en los siguientes niveles: a) personal de estructura; b) personal operativo de base sindicalizado, no sindicalizado, código funcional, código de confianza, eventual e interino; y, c) personal de las instituciones de seguridad pública.

Además, deberá entregar los informes trimestrales de permisos otorgados gestionados por su Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor. En caso de no contar con esta información, deberá justificar que es inexistente a través de su comité de Transparencia.

La nueva respuesta deberá ser emitida en un plazo máximo de 10 días hábiles y notificada a la persona solicitante a través del medio señalado en el recurso de revisión.

Resolución INFOCDMX/RR.IP.4293/2024

[1] Encuesta Nacional del Uso del Tiempo (ENUT), INEGI, 2019, https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enut/2019/doc/enut_2019_presentacion_resultados.pdf

[2] ¿Qué es la primera infancia?, Pacto por la primera infancia, https://www.pactoprimerainfancia.org.mx/que-es-la-primera-infancia/

[3] Comparación de semanas de maternidad/paternidad en México vs. estándar internacional, GIRE,  https://gire.org.mx/plataforma/comparacion-semanas-de-maternidad-paternidad-en-mexico-vs-estandar-internacional/

[4] Una nueva organización social del cuidado: Reconocer, reducir y redistribuir los cuidados, https://ciep.mx/una-nueva-organizacion-social-del-cuidado-reconocer-reducir-y-redistribuir-los-cuidados/

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