Posicionamiento relativo a la resolución del expediente INFOCDMX/RR.IP.3559/2024
Antecedentes del caso
En esta ocasión, me gustaría comentar el recurso de revisión INFOCDMX/RR.IP.3559/2024 de acceso a la información pública, interpuesto en contra de la Alcaldía Milpa Alta. Se solicitó saber, respecto a un refugio temporal para mujeres violentadas: qué es, su estructura, su ubicación, la dirección de la que depende, los servicios que ofrecen, su manual de operaciones, normativa que lo rige, si es gratuito o tiene costo, el presupuesto del que deriva, la plantilla laboral, la población objetivo y la fecha en que empezó a operar.
En respuesta la Alcaldía Milpa Alta señaló que no contaba con la información requerida e incluso señaló su incompetencia para atender algunos requerimientos.
En consecuencia, la persona se quejó porque a su consideración, la información requerida si debió generarse por la Alcaldía.
Análisis de la Ponencia
En el análisis que realizó mi Ponencia, determinamos que la queja es fundada, ya que, la Alcaldía Milpa si es competente para dar respuesta a los cuestionamientos realizados, y si bien es cierto, en alcance la Alcaldía dió respuesta a algunos de estos, no dio atención integral a la solicitud de información. Es por ello que la respuesta emitida careció de exhaustividad, fundamentación y motivación.
Relevancia
Este caso es relevante porque nos permite abordar el grave problema que representa la violencia contra las mujeres y las niñas, no sólo en México sino en todo el mundo.
Desafortunadamente, la violencia contra las mujeres y las niñas sigue siendo una de las violaciones de los derechos humanos más extendidas y generalizadas del mundo. Se trata de un problema que se ha intensificado en diversos entornos, incluidos el lugar de trabajo y los espacios en línea, y se ha agravado por los efectos pospandemia, los conflictos armados y el cambio climático.
La violencia contra las mujeres y las niñas tiene graves consecuencias físicas, económicas y psicológicas, tanto a corto como a largo plazo, al impedirnos participar plenamente y en pie de igualdad en la sociedad. La magnitud de este impacto, tanto en la vida de las personas y familias, como de la sociedad en su conjunto, es inmensa.
De acuerdo con datos de la ONU[1], se calcula que a nivel global 736 millones de mujeres -es decir, una de cada tres- hemos sido víctimas de algún tipo de violencia al menos una vez en nuestra vida. Sin embargo resulta alarmante la escasa cantidad de recursos que los países destinan para atender este problema. Tan sólo 5% de los recursos gubernamentales en el mundo van destinados a la violencia de género y se invierte menos del 0.2% en su prevención.
Aunque todas las mujeres en el mundo podemos sufrir cualquier tipo de violencia, algunas mujeres y niñas son particularmente vulnerables, como: las niñas y las mujeres más mayores; las mujeres que se identifican como lesbianas, bisexuales, transgénero o intersex; las migrantes y refugiadas; las de pueblos indígenas o minorías étnicas, o mujeres y niñas que viven con VIH y discapacidades, y aquellas en crisis humanitarias.
En México, según los datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) del INEGI, 70.1% de las mujeres hemos experimentado al menos un incidente de violencia en nuestras vidas. La violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia con el 51.6%, seguida de la violencia sexual con 49.7%, la violencia física con 34.7% y la violencia económica, patrimonial y/o discriminación con 27.4%.
Las entidades federativas donde las mujeres han experimentado mayor violencia a lo largo de su vida son: Estado de México con 78.7%, Ciudad de México con 76.2% y Querétaro con 75.2%[2].
En la CDMX, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia[3] identifica 9 tipos específicos de violencia: psicoemocional, física, patrimonial, económica, sexual, contra los derechos reproductivos, obstétrica, feminicida y simbólica. Asimismo, reconoce 9 modalidades de violencia en función de quién ejerce la violencia contra las mujeres y en dónde: violencia familiar, en el noviazgo, laboral, escolar, docente, en la comunidad, institucional, mediática contra las mujeres y violencia política en razón de género.
Sin embargo, un alto porcentaje de mujeres y niñas que sufren cualquiera de estos tipos de violencia no lo denuncian por miedo a las consecuencias o a las amenazas, o porque no sabían cómo y dónde denunciar. En México, sólo 15% de las mujeres y niñas que sufren violencia piden ayuda o lo denuncian[4].
Como parte de las políticas públicas para atender este problema, en 2010 se crearon los Centros de Justicia para las Mujeres, a cargo de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. A la fecha se tienen registradas 65 unidades en todo el país y 4 en la Ciudad de México[5]. Además en 2020 se creó el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género[6] mediante el cual el Gobierno Federal otorga subsidios a los Entes Públicos y OSC que brindan protección y atención a mujeres víctimas de violencia de género, y a sus hijas e hijos, mediante 101 Refugios Especializados.
En la CDMX existen además 27 LUNAS, que son espacios donde las mujeres que viven cualquier tipo de violencia pueden encontrar asesoría y acompañamiento psicológico y jurídico para salir del círculo de la violencia, además de brindar información y canalización en temas como derechos sexuales y reproductivos, Interrupción Legal del Embarazo (ILE) y desarrollo económico[7].
En Alemania[8], por ejemplo, con una población de 83 millones 166 mil personas, existe una red de 336 refugios, además de 72 casas seguras, 288 centros especializados de asesoramiento para mujeres y más de 261 centros de intervención que proporcionan apoyo proactivo y coordinado a las víctimas de violencia.
A pesar de estos esfuerzos, OSC como la Red Nacional de Refugios y Fundar han señalado que si bien los refugios son espacios que salvan vidas y son hasta ahora el mecanismo más articulado para prevenir feminicidios, el gobierno no garantiza la progresividad de recursos para estos programas, su presupuesto sólo cubre algunos meses de operación al año además de que los recursos llegan con meses de retraso para su ejecución.
Estas OSC han señalado que en tanto el Estado mexicano no invierta en la prevención y atención de las violencias en contra de las mujeres, no podremos justo eliminar las desigualdades y discriminaciones, ni desarrollar nuestra sociedad y su economía de manera sostenible e integral[9].
Propuesta de resolución al Pleno.
Se propone al Pleno REVOCAR la respuesta de la Alcaldía Milpa Alta para que previa búsqueda exhaustiva y razonable en sus unidades administrativas, en específico en su Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y en su Dirección General de Administración y Finanzas, entregue de manera completa la información solicitada respecto al refugio temporal para mujeres violentadas, a saber: 4) cuáles son los servicios que ofrece, 8) su presupuesto y documentales que lo acrediten, 10) su ubicación y 12) la fecha en que empieza a operar.
La nueva respuesta deberá ser emitida en un plazo máximo de 10 días hábiles y notificada a la persona solicitante a través del medio señalado en el recurso de revisión.
Resolución INFOCDMX/RR.IP.3488/2024
[1] Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas, ONU Mujeres, 2024. Disponible en: https://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/faqs/types-of-violence
[2] Violencia contra las mujeres por entidad federativa, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), INEGI. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/tablerosestadisticos/vcmm/
[3] Secretaría de las Mujeres del Gobierno de la CDMX. Disponible en:
https://www.semujeres.cdmx.gob.mx/vida-libre-de-violencia
[4] Violencia contra las mujeres por entidad federativa, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), INEGI. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/tablerosestadisticos/vcmm/
[5] 6 de cada 10 mujeres que acuden a refugios reportan violencia física o psicológica, El Economista, https://www.eleconomista.com.mx/politica/6-de-cada-10-mujeres-que-acuden-a-refugios-reportan-violencia-fisica-o-psicologica-20240207-0031.html
[6] Ficha de Monitoreo y evaluación de CONEVAL, disponible en: https://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/65/2023/sep/Coneval_U012-20230912.pdf
[7] Lunas de la Secretaría de las Mujeres, disponible en: https://www.semujeres.cdmx.gob.mx/servicios/servicio/lunas
[8] Refugios para Víctimas de Violencia de Género en Europa: buenas prácticas y retos, EuroSOCIAL, programa para la cohesión social, 2022, disponible en:
[9] Gobierno prevé aumento presupuestal de apenas 0.02% para refugios de mujeres, ante alza de atención a víctimas de violencia. Conferencia de prensa de la Red Nacional de Refugios y Fundar, disponible en: https://animalpolitico.com/genero-y-diversidad/refugios-mujeres-violencia-presupuesto-2024