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Posicionamiento sobre la situación del Pleno del INAI al 6 de septiembre

Posicionamiento de la comisionada Nava Polina sobre la situación del Pleno del INAI

En otros asuntos, me interesa referirme a la reanudación de actividades regulares del Pleno del INAI. Es pertinente recordar que, el 23 de agosto, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a partir de un proyecto presentado por el Ministro Javier Laynez Potisek, al atender el recurso de reclamación 229/2023-CA, resolvió que el Pleno del INAI podía sesionar válidamente con las cuatro personas comisionadas que hoy lo integran y que esta autorización, provisional, se mantendrá hasta que el Senado de la República nombre, al menos, a una persona más para ocupar las posiciones vacantes y completar el quórum previsto por la ley. 

Esa resolución atiende el recurso de reclamación derivado, a su vez, del incidente de suspensión de la controversia constitucional 280/2023, que el propio organismo garante nacional promovió contra la omisión del Senado de la República en la designación de los integrantes de su Pleno. La controversia constitucional está pendiente de resolución por el Pleno de la Suprema Corte. 

En su oportunidad, el Ministro Laynez ya ha explicado, ante medios de comunicación, que esta resolución se basa en jurisprudencia vigente desde hace años. Una, de 2008, refiere la suspensión como una medida que tiende a prevenir el daño trascendente que pudiera ocasionarse a las partes y a la sociedad, en tanto se resuelve el juicio principal. Y otra, de 2004, asociada al concepto de “Peligro en la demora”, que instruye a valorar el riesgo que implica para alguna de las partes, o para la comunidad, por la tardanza en la actuación. Con base en estos precedentes, explicó el Ministro Laynez, la decisión de la Segunda Sala buscó atender la violación cotidiana y permanente a los dos derechos que tutelamos los organismos garantes: el de acceso a la información, un derecho habilitador de otros derechos, y el de protección de datos personales.

Como evidencia de cuán certero fue el diagnóstico que llevó a la Segunda Sala de la Corte a autorizar la reanudación de las sesiones del Pleno del INAI, baste observar cuántos y qué tipo de casos que ese organismo garante nacional ha podido atender desde el 30 de agosto. Tan solo en la sesión de esa fecha, de los más de 8,500 expedientes que se acumularon durante los 151 días que el Pleno del INAI estuvo inhabilitado, se resolvieron 5,993 asuntos. De ese total: 

  • 4,609 fueron recursos de revisión en materia de acceso a la información pública; 
  • 1,035 fueron recursos promovidos en materia de protección de datos personales;
  • 323 fueron recursos de inconformidad; y 
  • 26 fueron recursos de atracción. 

¿Y qué tipo de asuntos son los que, finalmente, tuvieron resolución por el INAI? Bueno, a través de sus comunicados, el propio organismo garante nos da algunos ejemplos. A saber: 

  • El IMSS debe entregar versión pública de documentos presentados para trámite de pensión de viudez, de persona víctima de robo de identidad
  • El mismo instituto debe proporcionar a una persona información de su historial laboral
  • También debe rectificar datos de derechohabiente para acceder a prestaciones
  • Y, asimismo, el IMSS debe entregar un documento que contenga la resolución de pensión por invalidez de una persona fallecida
  • Por otra parte, el ISSSTE debe entregar a una persona derechohabiente el formato en el que se dictamina su invalidez por enfermedad o accidente
  • Y ese mismo instituto debe dar a conocer las estadísticas de riesgos de trabajo, enfermedad profesional e invalidez de 2016 a 2022
  • La Secretaría de Bienestar debe entregar información sobre pago de Pensión Universal para Personas Adultas Mayores a persona beneficiaria
  • También, la misma dependencia debe informar los montos del Programa Sembrando Vida que se suministraron a dependencias estatales
  • La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional para la Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) debe entregar información sobre menores huérfanos por feminicidios
  • El INAH debe informar, en Lengua Maya, sobre el cuidado de caminos que recorre una peregrinación tradicional, en Quintana Roo, que cruza vías del Tren Maya
  • La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana debe dar a conocer el fundamento legal que permite uso de gas lacrimógeno en sus operativos
  • La Fiscalía General de la República debe entregar versiones públicas de las tres órdenes de aprehensión ejercidas contra de un ex secretario de seguridad pública
  • La Comisión Nacional Bancaria y de Valores debe informar a una persona si se encuentra registrada en listas de sanciones o personal inhabilitado

En fin. Si bien es cierto que hay quienes llegan a hace uso inadecuado, incluso quizás abusivo, de los derechos de acceso a la información y a la protección de los datos personales, creando presiones sobre la operación de los sujetos obligados y trabajo adicional para los organismos garantes, esos casos aislados, que algunos han querido presentar como ilustración de la supuesta “inutilidad” de estos derechos, esos casos palidecen frente al evidente beneficio social y utilidad pública del ejercicio legítimo de los mismos derechos. 

Por ello, porque son derechos humanos; porque la constitución y los tratados internacionales los reconocen y protegen; porque benefician, efectivamente, a personas de carne y hueso; porque ayudan a mejorar la vida de la gente; por todo ello, nuestra labor como organismos garantes resulta tan necesaria, como lo es satisfactoria para quienes colaboramos en realizarla. A nosotras, como integrantes de los Plenos en cada instituto, en el nacional y en los de las 32 entidades federativas, nos toca dar la cara frente a ustedes por esta responsabilidad. Pero junto a nosotras, una comunidad de personas servidoras públicas comprometidas hacen posible que estos derechos estén adecuadamente tutelados. 

El INAI no dejó de trabajar en el periodo de suspensión de las actividades de su Pleno. Muestra de ello es la continuidad de las operaciones de difusión, capacitación y vinculación, así como las actividades de ese Instituto en redes internacionales, así como la intensa agenda de actividades en las instancias del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Pero la labor fundamental de los organismos garantes es, precisamente, la defensa de los derechos que tutelamos, y para este fin, la labor cuasi jurisdiccional que realizamos a través de nuestros Plenos es indispensable. 

Enhorabuena, pues, por la reanudación de sesiones regulares del Pleno del INAI. Y, como cada semana, reiteramos nuestra expectativa de que, pronto, el Senado de la República atienda su obligación constitucional y designe, con transparencia, apertura y responsabilidad, a quienes ocuparán las posiciones todavía vacantes en ese Pleno, así como la larga lista de cargos en los que los nombramientos a su cargo siguen, tristemente, pendientes. 

Gracias. 

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